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N° 922/3331109 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO DE PRIMARA INSTANCIA CIVIL Y COMERCIAL DE 3RA. NOMINACIÓN CÓRDOBA

Edictos Judiciales viernes, 23 de agosto de 2019

Texto del aviso

JUZGADO DE PRIMARA INSTANCIA CIVIL Y COMERCIAL DE 3RA. NOMINACIÓN CÓRDOBA

La Sra. Juez a cargo del Juzgado de Concursos y Sociedades N° 3 de la ciudad de Córdoba, Marcela Susana

Antinucci (PAT). Autos: “ANTIGUA CC FIDEICOMISO FINANCIERO- LIQUIDACIÓN JUDICIAL (MUTUALES- CIAS

DE SEGURO) - EXPTE. N° 7940274”. Mediante Sentencia N° 132 de fecha 06/05/2019, se ordenó la liquidación del

FIDEICOMISO “ANTIGUA CC FIDEICOMISO FINANCIERO” (CUIT 3071040812-9) — Complejo Antigua Cervecería-

con domicilio en calle Intendente Ramón Bautista Mestre N° 1800 y/o n° 1850 de esta ciudad de Córdoba. El Sr.

Juez a cargo del Juzgado de Concursos y Sociedades N° 3 Saúl Domingo Silvestre (PAT). Autos: “ANTIGUA CC

FIDEICOMISO FINANCIERO- LIQUIDACIÓN JUDICIAL (MUTUALES- CIAS DE SEGURO) - EXPTE. N° 7940274”.

Mediante Sentencia N° 231 de fecha 02/07/2019, dispuso modificar los plazos fijados por Sentencia N° 132 del

06/05/2019, y hacer saber a los acreedores que deberán requerir la verificación de sus acreencias, hasta el día 18

de octubre de 2019 debiendo acompañar la documentación respectiva. Se hace saber que el órgano liquidador

se encuentra a cargo de los Cdres. Raúl Oscar Varela Quetglas, Leonardo Perona y Juan Manuel Villagra, con

domicilio en calle Larrañaga N° 62, PB. de la ciudad de Córdoba”. Fdo. Silvestre, Saúl Domingo. Juez // Asimismo,

por Decreto de fecha 12/06/2019 se dispuso que “todos los pagos, aportes, saldos y toda otra suma de dinero que

por cualquier concepto deban pagarse al Fideicomiso en liquidación, deben ser efectuados en la cuenta de uso

judicial abierta para los referidos autos en el Banco de Córdoba S.A. Sucursal Tribunales N° 922/3331109 - CBU:

0200922751000003331192.” Fdo. Cristina Sager, Secretaria//Débora R. Jalom de Kogan, Juez

Cristina Sager, Secretaria

Débora R. Jalom de Kogan, Juez

e. 22/08/2019 N° 61485/19 v. 28/08/2019