N° 62811/19 Aviso del Boletín Oficial
WST S.A.
Texto del aviso
WST S.A.
OBLIGACIONES NEGOCIABLES
SERIE II - POR HASTA V/N U$S7.000.000
En cumplimiento del art. 10 de la Ley N° 23.576, se informa que WST S.A. (la “Sociedad”), en el marco de las
Condiciones Generales de la Emisión de Obligaciones Negociables Simples por hasta US$ 40.000.000 (las
“Condiciones Generales”), emitirá las Obligaciones Negociables Serie II denominadas en dólares estadounidenses
con vencimiento al 29/08/2020 (las “Obligaciones Negociables”). (a) Aprobaciones societarias: aprobada por
Reunión de Directorio de la Sociedad del 22/08/2019. (b) Datos de la Sociedad: tiene domicilio en la Av. Córdoba
1561, piso 2°, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina; de constituyó en el año 2010 y se
inscribió en el Registro Público de Comercio el 08/09/2010, bajo el número 16511 del Libro 50 de Estatutos de
Sociedades por Acciones; de acuerdo con su estatuto, el plazo de duración de la Sociedad vence el 27/08/2109. (c)
Objeto social: tiene por objeto dedicarse a las siguientes actividades por cuenta propia, en nombre de terceros, o
asociada con terceros: (i) INVERSORA: Mediante la adquisición y venta de acciones, participaciones en sociedades
anónimas, fondos comunes de inversión, fondos de inversión directa y/o de capitalización, títulos de deuda emitidos
por terceros, toda clase de valores mobiliarios y papeles de créditos, públicos o privados, emitidos por sociedades
u otras personas jurídicas nacionales o extranjeras, públicas o mixtas, constituidas o a constituirse, tengan o
no autorización para realizar oferta pública; el aporte de fondos u otros bienes en sociedades por acciones ya
constituidas o a constituirse, o que la Sociedad con terceros constituya en el futuro; (ii) FINANCIERA: Mediante
el otorgamiento de préstamos y créditos, con o sin garantías, con cualquier modalidad de plazo para su pago; la
organización de sindicatos de acciones o de créditos, y la concertación de toda clase de operaciones financieras
que autoricen las leyes, con exclusión de las operaciones previstas por la Ley 21.526 o la que la reemplace o
sustituya y también con exclusión de las operaciones por las que se requiera concurso público ahorro público;
la Sociedad podrá asimismo otorgar todo tipo de garantías y/o fianzas garantizando obligaciones asumidas por
terceros, a favor de entidades financieras comprendidas en la Ley 21.526 (o la que la reemplace o sustituya en el
futuro) para lo cual deberá contar con la aprobación unánime de los accionistas.- (d) Capital social y patrimonio: al
31/12/2018, el capital social y el patrimonio neto consolidado de la Sociedad son $ 30.000.000 y $ 1.646.689.772,04,
respectivamente. Por Asamblea General Extraordinaria de Accionistas del 09/04/2019, se aumentó el capital
social a $ 32.321.596. (e) Monto y moneda: las Obligaciones Negociables se emiten por U$S7.000.000 (dólares
estadounidenses siete millones). (f) Otras deudas: en el marco de las Condiciones Generales de la Emisión de
Obligaciones Negociables Simples por hasta US$ 40.000.000 (las “Condiciones Generales”), se emitieron las
Obligaciones Negociables Serie I, con fecha 08 de marzo de 2019 por U$S7.000.000 (dólares estadounidenses
siete millones). (g) Garantía: no aplica. (h) Amortización: la amortización del capital se efectuará íntegramente al
vencimiento de las Obligaciones Negociables (es decir, el 29/08/2020). (i) Intereses: las Obligaciones Negociables
devengarán intereses sobre el capital a una tasa de interés fija equivalente al 7,60% (siete con sesenta por ciento)
anual. Base de cálculo para los intereses: se considerará la cantidad real de días transcurridos y un año de
trescientos sesenta y cinco (365) días (cantidad de días transcurridos/365). El pago del interés será en la Fecha
de Vencimiento de las Obligaciones Negociables, y se calculará sobre la totalidad del capital no amortizado.
Deberá adicionarse el I.V.A., en caso de corresponder. (j) Demás condiciones de la emisión: (i) Rescate anticipado:
las Obligaciones Negociables no serán rescatables, salvo los supuestos de rescate previstos seguidamente: (a)
Rescate a Favor del Emisor: El Emisor podrá efectuar el rescate total y/o parcial anticipado de las ON mediante
notificación efectuada con no menos de 15 días, ni más de 60 días a los obligacionistas. En este caso, deberá
reintegrarse a los tenedores de la ON, el capital a rescatar y abonarse los intereses devengados pendientes
de pago sobre el capital a rescatar, hasta la fecha efectiva del pago del rescate. El rescate se hará saber por
notificación directa a cada uno de los obligacionistas y podrá efectuarse en cualquier momento durante la vida de
la ON. (b) Rescate a Favor de los Obligacionistas: los obligacionistas, exclusivamente a los fines de cumplir con las
obligaciones impositivas del fondo SBS RENTA FIJA I FONDO COMÚN DE INVERSIÓN CERRADO, podrán solicitar
el rescate total y/o parcial anticipado de las ON a valor par, a partir de los 3 meses de la fecha de la suscripción,
mediante notificación efectuada con no menos de 30 días, ni más de 60 días al Emisor. En este caso, deberá
reintegrarse a los obligacionistas, el capital a rescatar y abonarse los intereses devengados pendientes de pago
sobre el capital a rescatar, hasta la fecha efectiva del pago del rescate. El rescate se hará saber por notificación
directa al Emisor. Esta facultad será procedente en la medida que haya transcurrido el plazo mínimo establecido
precedentemente. (c) Rescate por Cambio de Accionistas Controlantes o Grupo de Control: los obligacionistas
podrán solicitar el rescate total anticipado de las ON a valor par durante la vigencia de las ON, en el supuesto de
que los miembros que actualmente figuran como accionistas tenedores de acciones ordinarias con derecho a voto
según el registro de accionistas del Emisor que se entregará en copia certificada a los obligacionistas, no posean
directa o indirectamente al menos el 51% de las acciones con derecho a voto del Emisor, o carezcan del derecho
a designar la mayoría absoluta de los miembros del Directorio del emisor. (ii) Modalidad y Plazo de Entrega: al
momento de integración se entregarán a los obligacionistas las constancias de su participación. (iii) Forma de las
Obligaciones Negociables: las Obligaciones Negociables estarán representadas por láminas individuales, que
contendrán las menciones indicadas en las normas legales y reglamentarias. Los derechos que se reconocen a
los obligacionistas sólo serán aplicables a favor de las personas que figuren en carácter de obligacionistas en los
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.183 - Segunda Sección 55 Martes 27 de agosto de 2019
registros respectivos. A todo evento, el registro se anotará en el reverso de las láminas. Los pagos de servicios
se realizarán a los obligacionistas registrados a la respectiva fecha de pago de un servicio sobre las obligaciones
negociables emitidas, y tales pagos se tendrán por válidos. El registro pertinente será prueba concluyente con
respecto al monto de servicios y valor nominal no cancelado o pendiente, en cualquier momento, y todos los
pagos efectuados en virtud del presente a cualquier persona inscripta en el mencionado registro se tendrá por
válido. (iv) Moneda de Suscripción, Integración y Pago: la suscripción deberá realizarse en pesos argentinos al
tipo de cambio determinado y publicado por el BCRA mediante la Comunicación “A” 3500 (o la regulación que
la sucediere o modificare en el tiempo) correspondiente al segundo día hábil previo a la fecha de integración. El
pago también se realizará en pesos argentinos al tipo de cambio determinado y publicado por el BCRA mediante
la Comunicación “A” 3500 (o la regulación que la sucediere o modificare en el tiempo) correspondiente al segundo
día hábil previo al pago. (v) Jurisdicción: la eventual ejecución y cualquier acción vinculada con las Obligaciones
Negociables se tramitará en los tribunales comerciales ordinarios con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires.
Autorizado según instrumento privado 22/08/2019 de fecha 22/08/2019
Andres Federico Mejía - Matrícula: 4279 C.E.C.B.A.
e. 27/08/2019 N° 62811/19 v. 27/08/2019