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N° 47788/2000 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 4

Edictos Judiciales lunes, 2 de septiembre de 2019

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 4

SECRETARÍA NRO. 8

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial nº 4, a cargo del Dr. Héctor Hugo Vitale, Secretaría Nº 8,

a cargo del Dr. Ignacio Galmarini, con asiento en la Av. Roque S. Peña 1211, 1º Piso, C.A.B.A., ordena publicación

de edictos a fin de notificar a Pablo Alfredo Trusso, D.N.I. nº 11.774.401 y a Mariela Pou, D.N.I. nº 21.369.679, la

sentencia recaída en fs. 2265 / 2292 de autos “Inversora Recoleta S.A. C/ Banco De La Provincia De Buenos Aires

Y Otros S/ Ordinario”, Expte. Nº 47788/2000 y las resoluciones obrantes a fs. 2302 y 2306 de dicho expediente,

transcribiendo a tal fin la parte dispositiva de las mismas: “Buenos Aires, 01 de abril de 2019… ...FALLO: a)

Hacer lugar a la demanda incoada por INVERSORA RECOLETA S.A. contra BANCO DE LA PROVINCIA DE

BUENOS AIRES, FRANCISCO JAVIER TRUSSO, PABLO ALFREDO TRUSSO, RENATO DALLE NOGARE, GRUPO

BAPRO S.A., en tanto ordeno la inmediata restitución a la actora de las acciones representativas del 31,5% del

capital social de Emprendimiento Recoleta S.A. con más sus intereses, frutos y dividendos correspondientes

desde la mora antes referida y hasta su efectivo pago. Ello, dentro de los diez (10) días de quedar firme la presente

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.188 - Segunda Sección 68 Lunes 2 de septiembre de 2019

sentencia. b) Esta condena alcanzará a los terceros traídos al pleito en los términos del cpr: 96 esto es el BANCO

CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, MERCOBANK S.A., EMPRENDIMIENTO RECOLETA S.A., PEDRO

POU, DANIEL RUBÉN ANDRÉS y CARLOS FRANCISCO DI DONATO. c) Imponer al GRUPO BAPRO S.A. una multa

en los términos del CPr: 45 y ordenar remitir los antecedentes a la Justicia Penal en los términos supra expuestos.

d) Hacer lugar a la demanda promovida por INVERSORA RECOLETA S.A. contra GRUPO BAPRO S.A., HOPE

FUNDS S.A. y EMPRENDIMIENTO RECOLETA S.A., y, en consecuencia, declarar la nulidad de la transferencia

de las acciones de Emprendimiento Recoleta S.A. operada en virtud de un contrato de compraventa celebrado

el 08.04.09 entre Grupo Bapro y Hope Funds S.A.; y ordenar a Emprendimiento Recoleta S.A. dejar sin efecto

en sus registros sociales la mentada transferencia, ello en el plazo de diez (10) días de quedar firme el presente

decisorio. e) Imponer las costas de ambos procesos a los demandados vencidos. f) Diferir la consideración de los

honorarios, hasta que exista liquidación firme de las sumas objeto de condena y se hallen agotadas las etapas a

que se refiere la ley arancelaria. g) Previa certificación por el Actuario, colóquese copia del presente decisorio en

el expediente N° 6122/2010. h) Notifíquese por Secretaría con copia de la presente. i) Regístrese y oportunamente

archívese. Fdo: Héctor Hugo Vitale, Juez.”; “Buenos Aires, 08 de abril de 2019. 1. Asistiendo razón al peticionante

y habiéndose incurrido en un error en la parte dispositiva de la sentencia de fs. 2265/2292, aclárese la misma en

el sentido que fuera referenciado en el considerando a) ii in fine -2270-. Así, los intereses serán calculados hasta el

efectivo pago, a la tasa que aplica el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones comunes de descuento a

treinta días capitalizable mensualmente (cfr. CNCom., en pleno, 27.10.94, “Sociedad Anónima La Razón s/quiebra

s/inc. de pago de los profesionales”) … Fdo: Héctor Hugo Vitale, Juez.”; “Buenos Aires, 08 de abril de 2019. Tras

una nueva revisión de las presentes actuaciones se advirtió que se incurrió en un error material la efectuar la cita

inserta en fs. 2284 vta., cuarto y quinto párrafo. Consecuentemente rectifíqueselo debiéndose leer CCiv.:1101

donde dice CCiv.:1113. Notifíquese junto con el auto de fs. 2302. Fdo: Héctor Hugo Vitale, Juez.” El auto que ordena

el presente dice: ‘Buenos Aires, 20 de agosto de 2019. Atento el juramento de los peticionarios en los términos del

cpr: 145, a fin de notificar a Pablo Alfredo Trusso y Mariela Pou la sentencia recaída en autos, líbrese edictos a ser

publicados en el Boletín Oficial y en el diario El Cronista Comercial… Fdo: Héctor Hugo Vitale, Juez.”. En Buenos

Aires, 28 de agosto de 2019. Héctor Hugo Vitale Juez - IGNACIO GALMARINI SECRETARIO

e. 02/09/2019 N° 63838/19 v. 02/09/2019