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N° 66198/19 Aviso del Boletín Oficial

HORKLA S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS jueves, 5 de septiembre de 2019

Texto del aviso

HORKLA S.A.

30-57020925-2 Por asamblea extraordinaria del 27/06/2019 resolvió reformar los artículos: 1º añadiendo

que el directorio podrá establecer en la forma que determine en cada caso, sucursales, agencias, filiales,

dependencias, establecimientos y/o representaciones en cualquier lugar del país y/o del extranjero; 3º al añadir

al objeto social realizar las siguientes actividades ya sea por cuenta propia, de terceros o asociada a los mismos:

AGROPECUARIA, incluyendo la explotación de otras especies, granjas y tambos; FORESTAL La explotación de

la forestación, las plantaciones y obraje; COMERCIAL: mediante la compra, venta, importación, exportación,

distribución y comercialización en general del producido por la actividad agropecuaria, forestal, comercial, e

industrial y de materias primas, inmobiliaria y de mercaderías vinculados a los mismos, el ejercicio de comisiones,

representaciones, consignaciones y mandatos, así como cualquier forma de comercialización de esos productos

de producción de terceros, INMOBILIARIA: incluyendo cualquier modo de enajenación o permuta, construcción,

desarrollo, fraccionamiento, explotación, arrendamiento y administración de inmuebles en general, ya sean

urbanos o rurales, e incluso dentro del régimen de propiedad horizontal; LOCACIONES: Alquiler de inmuebles,

rodados y maquinarias viales, forestales, rurales, de propiedad de la sociedad; SERVICIOS: Servicios turísticos

de alojamiento, explotación de la caza deportiva, actividad cinegética, coto de caza y pesca deportiva, safaris

fotográficos, cabalgatas, caminatas y avistaje de aves; 5º añade que cada acción ordinaria suscripta confiere

derecho a un voto por acción. Las acciones preferidas darán derecho a un voto por acción o se emitirán sin ese

derecho. En este último supuesto, podrán ejercerlo en el caso de que no hubieran recibido el dividendo prometido,

por falta o insuficiencia de utilidades durante el tiempo en que esa situación se mantenga y también en los otros

casos del artículo 217 de la Ley 19.550; 8º modifica el plazo de duración del mandato de los Directores de uno a

tres años. 10º suprime las facultades extraordinarias concedidas al Directorio; 11º reforma que la fiscalización de la

sociedad está a cargo de un síndico titular designado anualmente por la asamblea la que designará simultáneamente

un suplente por el mismo término; 16º en cuanto la liquidación de la Sociedad puede ser efectuada por el Directorio

o el liquidador designado por la asamblea bajo la vigilancia del síndico. Cancelado el pasivo y reembolsado el

capital, y abonados los costos de la liquidación, el remanente se repartirá entre los accionistas con las preferencias

indicadas en el artículo anterior, reordenando completamente su articulado. Autorizado según instrumento público

Esc. Nº 280 de fecha 21/08/2019 Reg. Nº 475

Maria Teresita Acquarone - Matrícula: 2704 C.E.C.B.A.

e. 05/09/2019 N° 66198/19 v. 05/09/2019