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N° 6029/2017 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 29

Edictos Judiciales REMATES JUDICIALES viernes, 6 de septiembre de 2019

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 29

SECRETARÍA NRO. 58

El Juzgado de primera Instancia en lo Comercial N° 29 a cargo de la Dra. María Del Milagro Paz Posse, Secretaría

N° 58, a cargo de la Dra. Claudia T. Giaquinto, sito en Montevideo 546, 5° piso, de Capital Federal, comunica por un

día en autos “PISO CERO S.A. s/QUIEBRA s/INCIDENTE N° 1 – s/INCIDENTE DE VENTA DE BIENES MUEBLES”

Expte. N° 6029/2017, que el martillero José Omar Sánchez, rematará el día 13 de Septiembre de 2019 a las 10:15

hs., en punto en Jean Jaures 545, C.A.B.A., los siguientes bienes muebles, de propiedad de la fallida: Bienes

muebles detallados a Fs. 74/75 en su totalidad (sillas (10), escritorios (4), bibliotecas, muebles, placards, cajonera,

mesas, repisas, herramientas. Repuestos p/ ascensores, elementos electrónicos y varios). Base de venta: $ 9.000.-

Al contado y mejor postor. Comisión 10% y 0,25% (Arancel Ac. 10/99 C.S.J.N), en efectivo en el acto del remate.

Serán admitidas ofertas bajo sobre –art. 162 del Reglamento del Fuero-, las que podrán ser representadas ante

este Juzgado y Secretaría y hasta dos días hábiles antes de la subasta en el horario de atención del Tribunal. El

martillero, antes de la realización de la subasta dará lectura a la mayor oferta, sirviendo esta como base para

recibir nuevas ofertas. Los bienes se rematarán en el estado en que se encuentran. No se admitirán reclamos de

ningún tipo respecto del estado, medidas, condiciones, características y usos de los bienes. Quedan a cargo del

comprador los gastos de traslado de los mismos, el cual deberá concretarse en un plazo perentorio de diez días,

bajo apercibimiento de disponer lo pertinente, lo que deberá constar en los edictos. El IVA que corresponda se

cobrará al margen del precio de venta según la condición fiscal del adquirente (que deberá acreditar con fotocopia

de CUIT), lo que deberá constar en la publicación edictal. El martillero deberá extender los recibos o facturas según

lo establecido por la Ley 23349, de corresponder según la situación fiscal del rematador, el IVA sobre la comisión

deberá ser abonado por el comprador. No se admitirá compra en comisión ni cesión del boleto de compraventa.

En caso que hubieran postores interesados en alguno de los bienes muebles en forma exclusiva, autorizase al

martillero para que en la oportunidad de la subasta pública, proceda a la venta en forma particular de los bienes y

no en conjunto, como se ha propuesto. En tal caso, el martillero deberá establecer una base de subasta teniendo

en cuenta el bien mueble a vender y rendir cuentas al Tribunal respecto a la subasta realizada. Se presume que los

oferentes tienen debido conocimiento de las constancias de autos; de la presente resolución, y de las dictadas y

que se dicten en relación con la subasta decretada. Subasta sujeta a la aprobación del Juzgado para su posterior

entrega de posesión. EXHIBICIÓN: días 10 de Septiembre de 2019, de 10 a 12 Hs., en la calle Hipólito Yrigoyen

1116, Piso 3° “B”, de Capital Federal. El comprador deberá constituir domicilio en el radio del Juzgado. Buenos

Aires, a los 4 días del mes de septiembre de 2019.-

María del Milagro Paz Posse Juez - CLAUDIA GIAQUINTO SECRETARIA

e. 06/09/2019 N° 66457/19 v. 06/09/2019