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N° 66879/19 Aviso del Boletín Oficial

LEGISLEY S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA lunes, 9 de septiembre de 2019

Texto del aviso

LEGISLEY S.R.L.

Por instrumento de fecha 26/07/2019, los socios de LEGISLEY SRL CUIT 30-71555336-4, aprobaron la modificación

de la cláusulas Tercera y Quinta del contrato social oportunamente inscripto: respecto del objeto de la sociedad.

PRIMERO: Se sustituye la Cláusula Tercera del citado contrato de Sociedad de Responsabilidad Limitada por la

siguiente: “Tercera: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, en

el país o en el extranjero a las siguientes actividades: a) Servicios de gestoría administrativa y judicial, ante todo tipo

de organismos públicos y privados, registros y archivos, sean nacionales, provinciales o municipales. b) Servicios de

elaboración y acceso a bases de datos de jurisprudencia, legislación, modelos de contratos y formularios, doctrina

y demás contenidos jurídicos, y directorios de profesionales del Derecho, las Ciencias Económicas, Traductores,

Mediadores, Arbitros, auxiliares de la Justicia y demás profesionales y proveedores de servicios relacionados.

c) Desarrollo y explotación de software, sistemas informáticos y sitios en internet, relacionados con los rubros

antedichos. d) Impresión, edición y comercialización de libros, folletos, revistas y publicaciones, relacionados con

rubros expresados en este objeto. e) Representaciones y mandatos: El ejercicio de representaciones, licencias,

mandatos, comisiones, consignaciones, distribuciones, importaciones, exportaciones y gestiones de negocios de

terceros. f) Toda actividad financiera derivada o relacionadas directamente en los puntos precedentes.

Las actividades mencionadas anteriormente deberán ser entendidas y aplicadas en su sentido más amplio. A tal

fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y realizar los actos

que no sean prohibidos por las leyes y por este contrato.” SEGUNDO: Se sustituye la Cláusula Quinta del citado

contrato de Sociedad de Responsabilidad Limitada por la siguiente:

“Quinta: La administración, representación legal y uso de la firma social estarán a cargo de uno o más gerentes

en forma individual e indistinta, socios o no, designados por el término de cuatro años, siendo reelegible/s.

Los gerentes tendrán todas las facultades que sean necesarias para realizar los actos y contratos tendientes al

cumplimiento del objeto de la sociedad, inclusive los previstos en los artículos 375 del Código Civil y Comercial y

9° del decreto-ley 5965/63. El/los gerente/s depositará/n en la sociedad en concepto de garantía la suma de dos

mil pesos.” Autorizado según instrumento privado Acta de fecha 08/08/2019

Julia Elena Aranguri Diaz - T°: 114 F°: 55 C.P.A.C.F.

e. 09/09/2019 N° 66879/19 v. 09/09/2019