N° 17394/2014 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 19
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 19
SECRETARÍA NRO. 38
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 19, a cargo del Dr. Gerardo D. Santicchia, Secretaría
Nº 38, a cargo del Dr. Edgardo Ariel Maiques, sito en Marcelo T. de Alvear 1840, 2º piso, de esta ciudad, ha dispuesto
hacer saber que por ante dicho Tribunal tramitan los autos “UNION DE USUARIOS Y COSUMIDORES c/ PEUGEOT
CITROEN S.A. S/ Ordinario”, Expte. Nº 17394/2014. La actora es Unión de Usuarios y Consumidores, con domicilio
en Paraná 326, 6°, of. 6, CABA, representada por su apoderado, Dr. Horacio Luis Bersten, T° 8 F° 47, con domicilio
constituido en Tucumán 1539, piso 10, Of. 101 CABA. La demandada es Peugeot Citroen S.A con domicilio real en
Montes de Oca 1102, CABA, representada por su apoderada Dra. María Cecilia Mas, T° 75 F° 259, con domicilio
constituido en Av. Leandro Alem 928, piso 7°, CABA. La clase involucrada en el caso colectivo está conformada
por los adquirentes de vehículos 0 km –considerados consumidores según lo establecido por la ley 24240: 1, 2
y 3) - que Peugeot Citroen S.A. comercializa en el mercado, ya sea porque los fabrica total o parcialmente o los
importa. La acción fue iniciada el 25 de junio de 2014. Objeto de la acción: Mediante esta demanda se pretende
que la accionada coloque tanto en las unidades nuevas como en aquellas vendidas dentro de los diez últimos
años los soportes, sujeciones y matafuegos correspondientes; que reintegre las erogaciones efectuadas por los
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.194 - Segunda Sección 55 Martes 10 de septiembre de 2019
compradores –dentro del mismo plazo- en la colocación de esos elementos, y también respecto de estos últimos
para el caso de encontrarse dentro del período de garantía, se consideren como no convenidas las causales de
exclusión referidas a las modificaciones en el automotor si se tratase de aquellas derivadas de la instalación de
las sujeciones para el matafuego. La causa fáctica o normativa homogénea consiste en la falta de provisión de la
demandada de los soportes, sujeciones y matafuegos correspondientes.El presente edicto ha sido dispuesto a los
fines de que aquellos consumidores que se consideren afectados comparezcan a la causa a ejercer el derecho de
exclusión previsto por el art. 54 de la ley 24.240 (2° párrafo) dentro del plazo de treinta (30) días contados a partir
del último día de publicación edictal, y para que puedan manifestar su deseo de no ser abarcados por la sentencia
que pueda dictarse en el presente juicio.-
Publíquese por dos (2) días en el Boletín Oficial.-
Se hace saber que la publicación del edicto es sin previo pago.-
Buenos Aires, septiembre de 2019.-
Gerardo Damian Santicchia Juez - Edgardo Ariel Maiques SECRETARIO
e. 10/09/2019 N° 67694/19 v. 11/09/2019