N° 16452/2014 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 19
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 19
SECRETARÍA NRO. 38
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 19, a cargo del Dr. Gerardo D. Santicchia, Secretaría
Nº 38, a cargo interinamente del Dr. Edgardo Ariel Maiques, sito en Marcelo T. de Alvear 1840, 2º piso, de esta
ciudad, ha dispuesto hacer saber que por ante dicho Tribunal tramitan los autos “UNION DE USUARIOS Y
COSUMIDORES c/ VOLKSWAGEN ARGENTINA S.A. S/ Ordinario”, Expte. Nº 16452/2014. La actora es Unión de
Usuarios y Consumidores, con domicilio en Paraná 326, 1°, of. 6, CABA, representada por su apoderado, Dr. Horacio
Luis Bersten, T° 8 F° 47, con domicilio constituido en Tucumán 1539, piso 10, Of. 101 CABA. La demandada es
Volkswagen Argentina S.A con domicilio real en Delcasse y Av. Henry Ford 0, de la localidad de Pacheco, Provincia
de Buenos Aires, representada por su apoderada Dra. Mariela Balconi, con domicilio constituido en Maipú 276,
piso 13°, CABA. La clase involucrada en el caso colectivo estÁ conformada por los adquirentes de vehículos 0
km –considerados consumidores según lo establecido por la ley 24240: 1, 2 y 3) - que Volkswagen Argentina S.A.
comercializa en el mercado, ya sea porque los fabrica total o parcialmente o los importa. La acción fue iniciada el
31 de octubre de 2014. Objeto de la acción: Mediante esta demanda se pretende que la accionada coloque tanto
en las unidades nuevas como en aquellas vendidas dentro de los diez últimos años los soportes, sujeciones y
matafuegos correspondientes; que reintegre las erogaciones efectuadas por los compradores –dentro del mismo
plazo- en la colocación de esos elementos, y también respecto de estos últimos para el caso de encontrarse
dentro del período de garantía, se consideren como no convenidas las causales de exclusión referidas a las
modificaciones en el automotor si se tratase de aquellas derivadas de la instalación de las sujeciones para el
matafuego. La causa fáctica o normativa homogénea consiste en la falta de provisión de la demandada de los
soportes, sujeciones y matafuegos correspondientes.- El presente edicto ha sido dispuesto a los fines de que
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.195 - Segunda Sección 98 Miércoles 11 de septiembre de 2019
aquellos consumidores que se consideren afectados comparezcan a la causa a ejercer el derecho de exclusión
previsto por el art. 54 de la ley 24.240 (2° párrafo) dentro del plazo de treinta (30) días contados a partir del último
día de publicación edictal, y para que puedan manifestar su deseo de no ser abarcados por la sentencia que pueda
dictarse en el presente juicio.-
Publíquese por dos (2) días en el Boletín Oficial.-
Se hace saber que la publicación del edicto es sin previo pago.-
Buenos Aires, septiembre de 2019.-
Gerardo Damian Santicchia Juez - Edgardo Ariel Maiques SECRETARIO
e. 10/09/2019 N° 67691/19 v. 11/09/2019