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N° 66656/19 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO. 9

Edictos Judiciales miércoles, 11 de septiembre de 2019

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO. 9

SECRETARÍA NRO. 17

///EDICTO: El Juzgado Nacional en lo Penal Económico nro. 9, Secretaría nro. 17, a cargo del Dr. Javier López

Biscayart -sito en la calle Sarmiento 1118, 3er piso, de esta ciudad, tel 4124-7070- notifica a DIANA ESTHER

MARTINEZ MARECOS (DNI 94.414.458), por edictos que se publicará por cinco días, que en la causa nro.

2464/2016 caratulada “Rivero, Luis y otro sobre infracción ley 24769 y 22415” se ha dictado la siguiente resolución:

“Buenos Aires, 4 de septiembre de 2019...Visto el resultado negativo de los requerimientos de constatación y

notificación respecto de Diana Esther Martínez Marecos, notifíquesela por edictos de la resolución obrante de

fs. 341 a 346 y de los decretos de fs. 351 y 357 y vta. (art. 150 CPPN). Fdo: Javier López Biscayart, Juez. Ante

mí: Mariana L. Chaij, Secretaria”. A continuación se transcriben en sus partes pertinentes las resoluciones en

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.195 - Segunda Sección 87 Miércoles 11 de septiembre de 2019

cuestión: FS. 341 a 346:”Buenos Aires, 21 de junio de 2019...AUTOS Y VISTOS...Y CONSIDERANDO...RESUELVO: I.

RECHAZAR la solicitud efectuada por el fiscal instructor a través del dictamen de fs. 336 a 339 vta. y SOBRESEER

a LUIS ALBERTO RIVERO Y DIANA ESTHER MARTINEZ MARECOS, de las demás condiciones personales

consignadas supra, por no constituir delito el hecho objeto de la presente causa (arts. 334; 335; 336, inciso

3 y ss. del CPPN; 2° del Código Penal; 9 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; y el art. 15,

ap. 1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos); con la expresa mención de que la formación del

presente proceso en nada afectó el buen nombre y honor de que hubieran gozado (art. 336, in fine, del CPPN).

II. COSTAS en el orden causado, eximiendo a los sobreseídos de las comunes (art. 530 y cc. del CPPN). III.

REMITIR TESTIMONIOS de las partes pertinentes de la presente causa a la AFIP-DGA a los fines indicados por

la consideración decimoquinta. Protocolícese, regístrese y notifíquese. Oportunamente, cúmplase, pónganse los

efectos secuestrados a disposición de la AFIP-DGA, comuníquese y, previa certificación actuarial, archívese. Fdo:

Javier López Biscayart, Juez. Ante mí: Mariana L. Chaij, Secretaria”. FS. 351: “Buenos Aires, 5 de julio de 2019. Por

recibido, agréguese (fs. 345 a 346). Toda vez que el recurso de apelación presentado contra el pronunciamiento de

fs. 341 a 346, fue interpuesto en legal tiempo y forma, concédase el mismo (artículos 337, segundo párrafo, 432,

449 y 450 del CPPN). Notifíquese. Oportunamente, elévese a la Mesa General de Entradas de la Cámara Nacional

de Apelaciones en lo Penal Económico, mediante acta de estilo (art. 452 del CPPN). Fdo: Javier López Biscayart,

Juez. Ante mí: Mariana L. Chaij, Secretaria”. FS. 357: “Buenos Aires, 8 de agosto de 2019. Por recibido. Visto lo

informado precedentemente y lo indicado por la Alzada a fs. 356, requiérase a las correspondientes dependencias

policiales que comisionen personal para que se constituya en los domicilios obrantes en autos respecto de Diana

Esther Martínez Marecos y constate si la nombrada vive, trabaja o es conocida allí y, en su caso, se proceda a

notificarla de la resolución obrante de fs. 341 a 346 y del decreto de fs. 351, como así también que se la intima

a que, dentro del tercer día de notificada, proponga abogado defensor de su confianza, bajo apercibimiento de

designársele de oficio por el tribunal, para proveer a su defensa, al Defensor Público Oficial (artículos 104 y 107 del

CPPN). Fdo: Javier López Biscayart, Juez. Ante mí: Mariana L. Chaij, Secretaria”.

JAVIER LOPEZ BISCAYART Juez - MARIANA L. CHAIJ Secretaria

e. 06/09/2019 N° 66656/19 v. 12/09/2019