N° 66656/19 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO. 9
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO. 9
SECRETARÍA NRO. 17
///EDICTO: El Juzgado Nacional en lo Penal Económico nro. 9, Secretaría nro. 17, a cargo del Dr. Javier López
Biscayart -sito en la calle Sarmiento 1118, 3er piso, de esta ciudad, tel 4124-7070- notifica a DIANA ESTHER
MARTINEZ MARECOS (DNI 94.414.458), por edictos que se publicará por cinco días, que en la causa nro.
2464/2016 caratulada “Rivero, Luis y otro sobre infracción ley 24769 y 22415” se ha dictado la siguiente resolución:
“Buenos Aires, 4 de septiembre de 2019...Visto el resultado negativo de los requerimientos de constatación y
notificación respecto de Diana Esther Martínez Marecos, notifíquesela por edictos de la resolución obrante de
fs. 341 a 346 y de los decretos de fs. 351 y 357 y vta. (art. 150 CPPN). Fdo: Javier López Biscayart, Juez. Ante
mí: Mariana L. Chaij, Secretaria”. A continuación se transcriben en sus partes pertinentes las resoluciones en
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.196 - Segunda Sección 85 Jueves 12 de septiembre de 2019
cuestión: FS. 341 a 346:”Buenos Aires, 21 de junio de 2019...AUTOS Y VISTOS...Y CONSIDERANDO...RESUELVO: I.
RECHAZAR la solicitud efectuada por el fiscal instructor a través del dictamen de fs. 336 a 339 vta. y SOBRESEER
a LUIS ALBERTO RIVERO Y DIANA ESTHER MARTINEZ MARECOS, de las demás condiciones personales
consignadas supra, por no constituir delito el hecho objeto de la presente causa (arts. 334; 335; 336, inciso
3 y ss. del CPPN; 2° del Código Penal; 9 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; y el art. 15,
ap. 1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos); con la expresa mención de que la formación del
presente proceso en nada afectó el buen nombre y honor de que hubieran gozado (art. 336, in fine, del CPPN).
II. COSTAS en el orden causado, eximiendo a los sobreseídos de las comunes (art. 530 y cc. del CPPN). III.
REMITIR TESTIMONIOS de las partes pertinentes de la presente causa a la AFIP-DGA a los fines indicados por
la consideración decimoquinta. Protocolícese, regístrese y notifíquese. Oportunamente, cúmplase, pónganse los
efectos secuestrados a disposición de la AFIP-DGA, comuníquese y, previa certificación actuarial, archívese. Fdo:
Javier López Biscayart, Juez. Ante mí: Mariana L. Chaij, Secretaria”. FS. 351: “Buenos Aires, 5 de julio de 2019. Por
recibido, agréguese (fs. 345 a 346). Toda vez que el recurso de apelación presentado contra el pronunciamiento de
fs. 341 a 346, fue interpuesto en legal tiempo y forma, concédase el mismo (artículos 337, segundo párrafo, 432,
449 y 450 del CPPN). Notifíquese. Oportunamente, elévese a la Mesa General de Entradas de la Cámara Nacional
de Apelaciones en lo Penal Económico, mediante acta de estilo (art. 452 del CPPN). Fdo: Javier López Biscayart,
Juez. Ante mí: Mariana L. Chaij, Secretaria”. FS. 357: “Buenos Aires, 8 de agosto de 2019. Por recibido. Visto lo
informado precedentemente y lo indicado por la Alzada a fs. 356, requiérase a las correspondientes dependencias
policiales que comisionen personal para que se constituya en los domicilios obrantes en autos respecto de Diana
Esther Martínez Marecos y constate si la nombrada vive, trabaja o es conocida allí y, en su caso, se proceda a
notificarla de la resolución obrante de fs. 341 a 346 y del decreto de fs. 351, como así también que se la intima
a que, dentro del tercer día de notificada, proponga abogado defensor de su confianza, bajo apercibimiento de
designársele de oficio por el tribunal, para proveer a su defensa, al Defensor Público Oficial (artículos 104 y 107 del
CPPN). Fdo: Javier López Biscayart, Juez. Ante mí: Mariana L. Chaij, Secretaria”.
JAVIER LOPEZ BISCAYART Juez - MARIANA L. CHAIJ Secretaria
e. 06/09/2019 N° 66656/19 v. 12/09/2019