W20 Argentina W20Argentina

N° 68571/19 Aviso del Boletín Oficial

THOR TECNOLOGÍA EN MINERÍA S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS jueves, 12 de septiembre de 2019

Texto del aviso

THOR TECNOLOGÍA EN MINERÍA S.A.

Por Acta de Directorio de Thor Tecnología en Minería S.A. (CUIT 30-71244556-0) del 16 de diciembre de 2018 se

resolvió fijar la sede social en 25 de Mayo 432, piso 15º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Por Asamblea General

Extraordinaria del 30 de diciembre de 2018 se resolvió modificar el objeto social y reformar el artículo tercero del

Estatuto social: “Artículo Tercero: Tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros,

en el país y en el extranjero a las siguientes actividades comerciales: I) Fabricación, manipulación, transformación,

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.196 - Segunda Sección 13 Jueves 12 de septiembre de 2019

uso, industrialización, comercialización, almacenamiento, transporte, importación, exportación, distribución

de pólvoras, nitrocelulosas, explosivos, sus derivados y afines. II) Comercialización, transporte, importación,

exportación, distribución de armas, proyectiles y cartuchos –de uso civil y deportivo-, artículos de pirotecnia y

fuegos de artificio. III) Comercialización, extracción, fabricación, transporte, importación, exportación, distribución

de piedra y acero e insumos para minería así como la prestación de servicios a terceros para la realización de dichas

actividades. IV) Transporte de cargas por vía terrestre, estibajes en general, la carga y descarga en zonas portuarias,

aeropuertos, estaciones fluviales, marítimas o terrestres, ferrocarriles y todos los servicios conexos tales como

fraccionamiento de mercaderías, embalaje, depósito, almacenamiento, manipulación, distribución, envasamiento,

consolidación y desconsolidación o cualquier otro relacionado con las mercaderías o bultos a transportar así

como todos los servicios inherentes al desarrollo y ejecución de las tareas de logística aplicadas al transporte.

V) Inmobiliaria: mediante, la compra, venta, permuta, fraccionamiento, loteos, arrendamientos, administración,

y explotación de toda clase de inmuebles urbanos, suburbanos o rurales. VI) Financiera: Podrá realizar aportes

de capital para operaciones realizadas o a realizarse, financiamiento, con préstamos hipotecarios o créditos en

general, con cualquiera de las garantías previstas en la legislación vigente o sin ellas, otorgar avales y garantías

a favor de terceros, participación en empresas de cualquier naturaleza mediante la creación de sociedades por

acciones, uniones transitorias de empresas, agropecuarias de colaboración, consorcios y en general de compra

venta y negociación de títulos, acciones y de toda clase de valores mobiliarios y papeles de créditos en cualquiera

de los sistemas o modalidades creados o a crearse. Otorgar avales y garantía a favor de terceros, siempre con

dinero propio. Se excluyen expresamente las operaciones comprendidas en la ley de entidades financieras. A

tal fin la sociedad podrá participar en sociedades, consorcios, uniones transitorias de empresas, y cualquier

otro contrato asociativo o de colaboración vinculado total o parcialmente con el objeto social. La sociedad tiene

plena capacidad jurídica para suscribir o adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean

prohibidos por las leyes o por este Estatuto.” Por Asamblea General Extraordinaria del 30 de diciembre de 2018,

se resolvió designar como Directora titular y Presidente a Magdalena Marchetto, y Director suplente a Álvaro Jorge

Marchetto. Ambos fijaron domicilio especial en 25 de Mayo 432, piso 15º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Por Asamblea General Extraordinaria del 30 de diciembre de 2018 se resolvió aumentar el capital social por la

suma de $ 588.000 y reformar el artículo cuarto del Estatuto social: “Artículo Cuarto: El capital social es de pesos

seiscientos mil ($ 600.000), y se divide en seiscientas mil acciones ordinarias, nominativas no endosables, de un

peso ($ 1) valor nominal cada una y de un voto por acción. El capital puede ser aumentado por decisión de la

Asamblea Ordinaria hasta el quíntuplo de su monto conforme lo dispone el art. 188 de la Ley 19.550”. Autorizado

según instrumento privado Acta de Asamblea General Extraordinaria de fecha 30/12/2018

Tomás José Arecha - T°: 78 F°: 95 C.P.A.C.F.

e. 12/09/2019 N° 68571/19 v. 12/09/2019