N° 70762/19 Aviso del Boletín Oficial
REFINERÍA BAHÍA BLANCA S.A.U.
Texto del aviso
REFINERÍA BAHÍA BLANCA S.A.U.
(IGJ 1.920.213; CUIT 30-71588559-6) Comunica que por Asamblea Extraordinaria de Accionistas del 6/08/19,
se resolvió por unanimidad modificar el Artículo 3° del Estatuto Social, a los fines de ampliar las actividades de
la Sociedad, quedando el mismo redactado de la siguiente manera: “Artículo 3°. Objeto: La Sociedad tiene por
objeto llevar a cabo por sí, por intermedio de terceros o asociada a terceros, por cuenta propia o de terceros, en
el país o en el extranjero, las siguientes operaciones: a) Industriales y Productivas: la exploración, explotación,
industrialización, refinación, almacenamiento, transporte y envasado de hidrocarburos de propiedad de terceros,
petróleo crudo y sus derivados; b) Comerciales: mediante la importación, exportación, compra y venta, depósito
y almacenamiento de bienes muebles, semovientes, maquinarias, equipos, mercaderías, productos y materias
primas elaboradas o a elaborarse en la medida que se relacionen con las industrias previstas en el inciso anterior,
el transporte terrestre, fluvial y marítimo en el país y en el exterior cumpliendo para ello con los requisitos que exijan
las disposiciones vigentes en la oportunidad; la explotación, operación, y arrendamiento estaciones de servicio
para el expendio de hidrocarburos, Gas Natural Comprimido (GNC), Lubricantes y Minimercado, como así también
todas y cada una de las actividades conexas tales como y sin limitarse a Lavadero de autos, lubricentro, gomería,
gastronomía, mecánica automotriz, hotelería, estacionamiento, etc, en todo el territorio del país y del exterior;
el ejercicio de representaciones, comisiones, consignaciones y servicios; c) Financieras: mediante inversiones
o aportes de capitales a empresas o sociedades constituidas o a constituirse para negocios o explotaciones
presentes o futuras; compraventa de títulos, acciones y otros valores mobiliarios nacionales o extranjeros,
constitución de hipotecas, prendas y otros derechos reales y su transferencia, otorgamiento de fianzas, avales
y todo tipo de garantías, así como de créditos, sean estos garantizados o no. Quedan excluidas las operaciones
contempladas en la Ley de Entidades Financieras. Para el cumplimiento de su objeto la Sociedad tiene plena
capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por
las leyes y por el estatuto.”. Autorizado según instrumento privado Asamblea Extraordinaria de Accionistas de
fecha 06/09/2019
MARIA LUZ ALTIERI - T°: 120 F°: 6 C.P.A.C.F.
e. 19/09/2019 N° 70762/19 v. 19/09/2019