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N° 71487/19 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 22

Edictos Judiciales martes, 24 de septiembre de 2019

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 22

SECRETARÍA NRO. 43

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 22, Secretaria N° 43, sito en Marcelo T. de Alvear

N° 1840 piso 3° C.A.B.A., comunica por dos días, en los autos “SOCIEDAD ESPAÑOLA DE BENEFICENCIA S/

QUIEBRA S/ INC. DE VENTA DIAZ VELEZ 3675/79/81/83/87” EXP. 100344/2002/58 que se ha dispuesto LLAMADO

A MEJORA DE OFERTA, respecto del 100% del inmueble de titularidad de la fallida (CUIT 30-54587609 0), sito Avda.

Díaz Velez 3675/79/81/83/87 UF 8 PB, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Matrícula: 9-930/8. Según constatación,

consta de un ambiente de 25 m2 con baño y cocina integrados y un patio descubierto de 1 m2. Baño con

artefactos aceptables. DESOCUPADO AD CORPUS. Se enajena en el estado en que se encuentra. No se admitirán

reclamos sobre su estado físico o jurídico. OFERTA A MEJORAR: U$S22.500. Las CONDICIONES DE VENTA se

encuentran detalladas en el auto de fecha 21-08-2019. Las ofertas podrán presentarse hasta las 8.00 horas del día

previsto para la audiencia de apertura de sobres, a celebrarse el 11 de octubre de 2019 en la Sala de Audiencias

del Juzgado a las 9:00 horas. Todo oferente deberá presentar su oferta –en dólares– adjuntando una garantía

equivalente al 10% de la misma -en dólares–, que se acreditará con un depósito en dicha moneda en el Banco

Ciudad, suc. Tribunales, en la cuenta L° 913, F° 240, DV4, abierta para el incidente. Dicha garantía se perderá en el

caso de desistir del ofrecimiento, sin perjuicio de la declaración de postor remiso en caso que resulte adjudicatario,

si correspondiere, e integrará el saldo de precio o se devolverá, egún la oferta sea admitida o rechazada. Los

oferentes podrán mejorar sus ofertas, imponiéndose como única condición que cada una represente un mínimo

del 5% en relación a la anterior. La adjudicación recaerá sobre la oferta más alta, y si quien la hubiere formulado

no integrase el saldo de precio se procederá a adjudicar los bienes a quien se le asigne el segundo lugar, y así

sucesivamente. EL PRECIO deberá depositarse al contado –en dólares– y dentro de los cinco (5) días de dictado

el auto de adjudicación, bajo apercibimiento de declararse postor remiso, y en la cuenta del incidente. COMISION:

3%. EVENTUAL ESCRITURA O INSCRIPCIÓN POR TESTIMONIO DEL INMUEBLE: Se cumplirá dentro de los

veinte días siguientes a la efectivización del saldo del precio, por el escribano propuesto por el adquirente y a su

exclusivo cargo. Los TERMINOS fijados son perentorios e improrrogables. Si alguna de las fechas establecidas se

declarase inhábil o feriado judicial con anterioridad, el acto se cumplirá indefectiblemente en el día posterior hábil.

No existirá plazo de gracia dentro de las dos primeras horas del día subsiguiente. Todas las decisiones que adopte

el Tribunal respecto de las condiciones para efectuar la enajenación serán irrecurribles, y quedarán notificadas

ministerio legis. Está excluida la compra en comisión y la cesión de la documentación inherente a la venta. El

servicio de luz se encuentra cortado, y se adeuda al 6/2/2019, $ 999. No cuenta con instalación de gas. Las deudas

devengadas con posterioridad a la fecha que se tiene por comprador definitivo estarán a cargo del adquirente.

EXHIBICIÓN: 28 y 30 de septiembre y 1 de octubre de 2019 de 11.00 a 13.00hs. Mayor información: Martillero

Carlos Sigwald Lalanne (CUIT 20-04232447-8), (Tel. 4812-6831) y en el Tribunal. Buenos ires, 19 de Septiembre de

2019. MARGARITA R. BRAGA Juez - MARIANA MACEDO ALBORNOZ SECRETARIA

e. 23/09/2019 N° 71487/19 v. 24/09/2019