N° 72264/19 Aviso del Boletín Oficial
CLUB NAUTICO HACOAJ
Texto del aviso
CLUB NAUTICO HACOAJ
CLUB NAUTICO HACOAJ ASOCIACION CIVIL - PERSONERIA JURIDICA NRO. 112.043 - CONVOCATORIA A
ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE SOCIOS - JUEVES 10 DE OCTUBRE DE 2019: Señores Asociados: El Consejo
Directivo del Club Náutico Hacoaj convoca a Asamblea Extraordinaria de Socios en los términos de los artículos
42 y 43 del Estatuto Social, para el día Jueves 10 de octubre de 2019 a las 19.00 hs., en primera convocatoria, y a
las 20.00 hs. con el número de socios presentes, en segunda convocatoria. La misma se celebrará en el 6º piso
de la Sede Capital, sita en Av. Estado de Israel 4156, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a fin de considerar el
siguiente: Orden del Día: 1) Designación de 2 (dos) socios para que en representación de la Asamblea aprueben
y firmen el acta conjuntamente con el Presidente y Secretario General (art. 51 Estatuto Social) 2) Consideración
de la reforma y reordenamiento del Estatuto del CLUB NAUTICO HACOAJ ASOCIACION CIVIL, específicamente
la modificación de los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25,
26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55,
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.205 - Segunda Sección 38 Miércoles 25 de septiembre de 2019
56, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 67, 68, 69, 70, 71, 72, 73, 74, 75, 76, 77, 78, 79, 80, 81, 82, 83, 84, 85, 86, 87,
88, 89, 90, 91, 92, 93 e incorporación del artículo 9 bis, con la pertinente disposición transitoria y re numeración
correspondiente, de acuerdo con el texto que éste Consejo Directivo propone y somete a consideración, a fin
de adecuar el Estatuto vigente al contexto y necesidades actuales de la entidad y asimismo a las disposiciones
del Código Civil y Comercial de la Nación modificado en 2015. El proyecto de modificación y reordenamiento
se encuentra a disposición de los asociados en la página web de la asociación http://hacoaj.org.ar ó vía mail
requiriéndolo a vluzzi@hacoaj.org.ar 3) En caso de aprobarse el punto 2 parcialmente o con alguna variante: 3.1)
Facultar al Consejo Directivo para que per se o con el asesoramiento que considere, transcriba el texto modificado
y ordenado del Estatuto, según las modificaciones aprobadas en la Asamblea que se convoca, para su elevación
a la Inspección General de Justicia, y asimismo facultarlo para que, en caso de observaciones de la Inspección
General de Justicia al texto aprobado por la Asamblea, puedan adecuar el texto conforme tales observaciones,
siempre que no altere la esencia de lo decidido por la Asamblea. 3.2) Autorizar al Presidente y Secretario General y
a los apoderados de la Institución, Ariel Sergio Jenik, Guillermo Lastra y Florencia Denise Feller, y a la Dra. Alejandra
Beatriz Figueirido, DNI 22.616.828, Matricula profesional Tomo 65 – Folio 875 C.P.A.C.F., para que cualquiera de
ellos, indistintamente, puedan hacer todas las presentaciones que sean necesarias, incluyendo ello en el caso
de autorizados abogados, actuar como profesional dictaminante y otorgar el acto mediante la forma alternativa
prevista en el art. 37 de la Res. 7/2015 de la I.G.J, realizar todo tipo de trámites, contestaciones de vistas, gestionar
y/u obtener la aprobación por parte de la Inspección General de Justicia de las modificaciones estatutarias
dispuestas por la Asamblea y del nuevo texto ordenado de los Estatutos. 4) Dejar sin efecto el Reglamento de
Eximición de pago aprobado por la Asamblea Extraordinaria del 22 de noviembre de 2006. Buenos Aires, 16 de
septiembre de 2019. NOTA: Tienen derecho a voz y voto los socios mayores de 18 años Vitalicios y Activos hasta
el Nº 42.975. Es imprescindible la presentación del carné social. Se informa que la exigencia de encontrarse al día
con la Tesorería (Art. 14 inc. a) Estatuto Social), debe ser interpretado conforme lo dispuesto por el Código Civil y
Comercial de la Nación, ARTICULO 178.- Participación en las asambleas. El pago de las cuotas y contribuciones
correspondientes al mes inmediato anterior es necesario para participar en las asambleas. En ningún caso puede
impedirse la participación del asociado que purgue la mora con antelación al inicio de la asamblea. Estatuto Social:
Art. 43: Las Asambleas se convocarán por aviso publicado en el Boletín Oficial, durante un día, con quince días de
anticipación a la Asamblea por circulares enviadas a los domicilios de los socios, con veinte días de anticipación,
y se constituirán legalmente con la presencia de la mitad más uno del total de socios con derecho a voto. En caso
de falta de quórum, se sesionara en segunda convocatoria una hora después de la fijada en la citación para la
primera, con el número de socios presentes.
Designado según instrumento privado acta asamblea Nº 2095 de fecha 22/10/2018 osvaldo daniel ofman -
Presidente
e. 25/09/2019 N° 72264/19 v. 25/09/2019