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N° 73223/19 Aviso del Boletín Oficial

NOROESTE CONSTRUCTORA S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS viernes, 27 de septiembre de 2019

Texto del aviso

NOROESTE CONSTRUCTORA S.A.

CUIT: 30-70704911-8. Por asamblea extraordinaria del 14/6/2019 se modifico el objeto quedando redactado el

mismo de la siguiente manera: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a

terceros a la actividad financiera y de inversión en forma exclusiva de conformidad con el artículo 31, primer párrafo

de la Ley General de Sociedades. En consecuencia podrá realizar las siguientes actividades: 1) Adquirir, mantener

y administrar participaciones e inversiones en sociedades y/o fideicomisos constituidos tanto en el país como

en el extranjero, a cuyo fin podrá afectar la totalidad de su patrimonio, incluso convirtiéndose en controlante de

los mismos, cualquiera sea el objeto de las sociedades y/o fideicomisos participados o controlados. 2) Participar

en la fundación y constitución de sociedades y fideicomisos, efectuar aportes de capitales a sociedades y/o

fideicomisos existentes o a constituirse para la financiación de operaciones realizadas o a realizarse. 3) Comprar,

vender, negociar y suscribir toda clase de títulos, acciones y demás valores mobiliarios de cualquier naturaleza.

4) Tomar y otorgar préstamos con o sin garantía, ya sea en el país como en el extranjero. 5) Ejercer mandatos,

representaciones, agencias y comisiones, administrar bienes y empresas de sociedades, personas o entidades

radicadas en el país o en el extranjero. 6) Realizar cualquier clase de operaciones en los mercados de capitales o

de bienes del país o del extranjero. 7) Emitir obligaciones negociables, títulos o cualquier instrumento que admita

la legislación presente o futura, previa resolución del órgano societario competente según la legislación respectiva.

Quedan excluidas las operaciones de la Ley de Entidades Financieras y toda aquella que requiera el concurso

del ahorro público; sin perjuicio de la eventualidad de que la sociedad sea autorizada a realizar oferta pública

por la Comisión Nacional de Valores o por cualquier otra Bolsa o Mercado de Valores del país o del extranjero.

Se reformo articulo 3°. Autorizado por escritura N° 335 del 25/09/2019 registro 1036 CABA. Autorizado según

instrumento público Esc. Nº 335 de fecha 25/09/2019 Reg. Nº 1036

Gerardo Daniel Ricoso - T°: 95 F°: 2 C.P.A.C.F.

e. 27/09/2019 N° 73223/19 v. 27/09/2019