N° 73223/19 Aviso del Boletín Oficial
NOROESTE CONSTRUCTORA S.A.
Texto del aviso
NOROESTE CONSTRUCTORA S.A.
CUIT: 30-70704911-8. Por asamblea extraordinaria del 14/6/2019 se modifico el objeto quedando redactado el
mismo de la siguiente manera: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a
terceros a la actividad financiera y de inversión en forma exclusiva de conformidad con el artículo 31, primer párrafo
de la Ley General de Sociedades. En consecuencia podrá realizar las siguientes actividades: 1) Adquirir, mantener
y administrar participaciones e inversiones en sociedades y/o fideicomisos constituidos tanto en el país como
en el extranjero, a cuyo fin podrá afectar la totalidad de su patrimonio, incluso convirtiéndose en controlante de
los mismos, cualquiera sea el objeto de las sociedades y/o fideicomisos participados o controlados. 2) Participar
en la fundación y constitución de sociedades y fideicomisos, efectuar aportes de capitales a sociedades y/o
fideicomisos existentes o a constituirse para la financiación de operaciones realizadas o a realizarse. 3) Comprar,
vender, negociar y suscribir toda clase de títulos, acciones y demás valores mobiliarios de cualquier naturaleza.
4) Tomar y otorgar préstamos con o sin garantía, ya sea en el país como en el extranjero. 5) Ejercer mandatos,
representaciones, agencias y comisiones, administrar bienes y empresas de sociedades, personas o entidades
radicadas en el país o en el extranjero. 6) Realizar cualquier clase de operaciones en los mercados de capitales o
de bienes del país o del extranjero. 7) Emitir obligaciones negociables, títulos o cualquier instrumento que admita
la legislación presente o futura, previa resolución del órgano societario competente según la legislación respectiva.
Quedan excluidas las operaciones de la Ley de Entidades Financieras y toda aquella que requiera el concurso
del ahorro público; sin perjuicio de la eventualidad de que la sociedad sea autorizada a realizar oferta pública
por la Comisión Nacional de Valores o por cualquier otra Bolsa o Mercado de Valores del país o del extranjero.
Se reformo articulo 3°. Autorizado por escritura N° 335 del 25/09/2019 registro 1036 CABA. Autorizado según
instrumento público Esc. Nº 335 de fecha 25/09/2019 Reg. Nº 1036
Gerardo Daniel Ricoso - T°: 95 F°: 2 C.P.A.C.F.
e. 27/09/2019 N° 73223/19 v. 27/09/2019