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N° 613/2016 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO. 3

Edictos Judiciales jueves, 3 de octubre de 2019

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO. 3

SECRETARÍA NRO. 5

Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 3, a cargo del Dr. Rafael CAPUTO, Secretaría N° 5, a cargo de la

Dra. Sandra Viviana GOÑI, se sirva notificar en el marco de la causa N° 613/2016, caratulada: “ELECTRO WORLD

Y OTROS S/ INF. LEY 22.415” a Julio César VERA LUZARDO que en aquella causa se resolvió: “Buenos Aires,

25 de septiembre de 2019…1°) Por recibido, agréguese y en atención a que fue interpuesto en tiempo y forma,

concédese sin efecto suspensivo el recurso de apelación interpuesto a fs. 597/601vta. por la defensa de Federico

Nicolás VEGA, contra los puntos I y II de la resolución de fs. 586/594 y vta. (arts. 337, 432, 442, 449 y ccdtes. del

C.P.P.N.). Con respecto a la notificación de la concesión dispuesta por el párrafo anterior, cabe señalar que con

fecha 29/12/08 este juzgado estableció que “…cuando se conceda un recurso de apelación, se deberá notificar

únicamente a las partes que no sean la recurrente, excluyéndose también a la fiscalía de primera instancia…”

(Reg. 9/08 F° 80/82). Aquella decisión se tomó como consecuencia de la interpretación que, para este juzgado,

corresponde efectuar con relación a la reforma del C.P.P.N., efectuada por la ley 26.374 (B.O. 30/05/08) para la

tramitación del recurso de apelación. Se entendió –en opinión de este juzgado- que debe cursarse notificación de

la concesión del recurso sólo a las partes que no hayan recurrido, excluyéndose también a la fiscalía de primera

instancia, en razón de los argumentos que por aquella pieza se expusieron y que, por razones de brevedad, se dan

por reproducidos. En consecuencia, la concesión en trato se notificará exclusivamente a la querella y por edictos

a Julio César VERA LUZARDO. Fecho, remítase al Superior en la forma de estilo...Fdo: Rafael CAPUTO. Juez. Ante

mí: María Belén PENAS RUBIO. Secretaria”. RAFAEL CAPUTO Juez - SANDRA V. GOÑI SECRETARIA

e. 01/10/2019 N° 74307/19 v. 07/10/2019