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N° 74708/19 Aviso del Boletín Oficial

TRIBUNAL DEL TRABAJO NRO. 2 DE SAN MIGUEL

Edictos Judiciales jueves, 3 de octubre de 2019

Texto del aviso

TRIBUNAL DEL TRABAJO NRO. 2 DE SAN MIGUEL

DEPARTAMENTO JUDICIAL DE GRAL. SAN MARTIN

EL TRIBUNAL DEL TRABAJO NUMERO 2 DE SAN MIGUEL, DEL DEPARTAMENTO JUDICIAL DE GRAL. SAN

MARTIN, SITO EN LA CALLE PTE. PERON 684, DE LA LOCALIDAD DE MUÑIZ, PARTIDO DE SAN MIGUEL

PROVINCIA DE BUENOS AIRES, PRESIDENCIA A CARGO DE LA DRA. MARIANA LUCIA LIRUSSO, SECRETARIA

UNICA A CARGO DEL DR. OSVALDO ENRIQUE RUIZ, EN AUTOS CARATULADOS “LOPEZ NORMA BEATRIZ

C/ CLUB DE VIDA EL ROBLE S.A. Y OTRO S/ DESPIDO” EXPEDIENTE NUMERO 891/08, que tramitan ante este

Tribunal, cita y emplaza al representante legal de CLUB DE VIDA EL ROBLE S.A. para que en el término de diez días

comparezca a contestar demanda entablada en su contra, bajo apercibimiento de tener por perdido el derecho a

contestarla si no lo hicieran en término y declararla en su caso rebelde (art. 59 y conc. CPCC, art. 62 ley 11.653).

San Miguel, 12 de junio de 2008.- Con el instrumento de fs. 2, tiénese por presentado, por parte en el carácter

invocado y con el domicilio legal constituido a fs. 92 (arts. 40 y 46 CPCC). Por promovida la demanda por el Sr.

NORMA BEATRIZ LOPEZ contra CLUB DE VIDA EL ROBLE S.A. y PABLO DOLDAN, agregada la documentación

de fs. el pliego de posiciones de fs. 91 y por ofrecida la prueba (art. 26 de la ley 11.653). De la demanda interpuesta

y de la documental acompañada, traslado a la demandada a quien se cita y emplaza para que dentro del término

de diez días la conteste, bajo apercibimiento de tenerla por no contestada y en su caso, decretar la rebeldía (art.

16, 26, 28, 29 y 34 ley 11.653). Para notificaciones martes y viernes o el siguiente hábil si alguno fuere feriado (art.

16, 17 y 28 ley 11653) NOTIFIQUESE CON ENTREGA DE COPIAS. Téngase presente la autorización conferida,

siempre que la misma cumpla con lo ordenado por la Res. 854/73 (1.6) S.C.J. Bs. As.- (...). FIRMADO: Dr. Jorge

Ismael Echeverría. Juez.

El presente tramite goza del beneficio de gratuidad, en los términos del art. 22 de la ley 11.653, que se transcribe

a continuación: “los trabajadores o sus derechohabientes gozaran del beneficio de gratuidad...”

SAN MIGUEL, de SETIEMBRE DE 2018. El presente edicto debe ser publicado por dos días en el BOLETIN OFICIAL

DE LA NACION y DIARIO LA NUEVA PAGINA SOCIAL.

OSVALDO ENRIQUE RUIZ, SECRETARIO

e. 02/10/2019 N° 74708/19 v. 03/10/2019