N° 77978/19 Aviso del Boletín Oficial
BFU DE ARGENTINA S.A.
Texto del aviso
BFU DE ARGENTINA S.A.
CUIT 30-68485575-8. Comunica que por Asamblea General Extraordinaria de fecha 26/09/2019, se resolvió
modificar el Artículo Tercero del Estatuto Social, el cual quedó redactado de la siguiente manera: “ARTICULO
TERCERO: La Sociedad tiene por objeto dedicarse por sí, o por terceros, o asociados a terceros, la compra,
venta, alquiler, fabricación, importación, exportación, consignación, procesamiento, transformación y distribución
de equipos, productos y servicios para: A) Asesoría ambiental para la elaboración de análisis de riesgo ambiental
que representa una actividad o una instalación en funcionamiento o proyectada, a través de análisis de plantas
u otras instalaciones industriales, impacto ambiental, y test de tolerancia ambiental, según normas nacionales
y/o internacionales vigentes y elaboración de medidas preventivas y correctivas. B) Investigación y evaluación
de áreas contaminadas a través del análisis y estudio científico de los predios contaminados o supuestamente
contaminados y/o instalaciones industriales portadores de agentes contaminantes y lo que representan para
la alteración y/o modificación del medio ambiente y el bienestar humano. C) Utilización de materias primas,
equipos y/o mano de obra especializada para el diseño, dimensionamiento y ejecución de trabajos vinculados
al saneamiento de medios contaminados (aire, suelo, agua o gases en suelos), su remoción y/o tratamiento y/u
operación, en especial como tratador u operador de residuos especiales o peligrosos. D) Asesoría ambiental
para el control en el transporte, reciclado, y/o reutilización y/o disposición final de hidrocarburos, sus derivados,
materiales y/o residuos y/o efluentes contaminados. E) Búsqueda y evaluación de áreas para la provisión de agua
potable. F) Contrataciones Públicas: la contratación, participación, ejecución de obras públicas, la prestación
de obras y servicios en la vía pública y/o en cualquier otro bien de los especificados en el art. 2340 del Código
Civil, la concurrencia y presentación de ofertas en licitaciones, concursos y la contratación directa con el Estado
y empresa estatales, de participación estatal mayoritaria y toda otra obra que se considere pública de y/o para
la administración pública, sea nacional, provincial o municipal y en cualquier ámbito jurisdiccional sea privado o
público, zona portuaria y/o pública desarrolladas bajo concesiones privadas. Para la prosecución del objeto, la
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.218 - Segunda Sección 5 Martes 15 de octubre de 2019
Sociedad tienen plena capacidad jurídica para realizar todos los actos y contratos que las leyes vigentes y este
contrato autoriza”
Autorizado según instrumento privado acta de asamblea general extraordinaria de fecha 26/09/2019
María del Rosario Arce - T°: 115 F°: 669 C.P.A.C.F.
e. 15/10/2019 N° 77978/19 v. 15/10/2019