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N° 78470/19 Aviso del Boletín Oficial

INVE S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA miércoles, 16 de octubre de 2019

Texto del aviso

INVE S.R.L.

l) Leandro Emanuel VELEZ, argentino, 2908/1996, soltero, empresario, DNI 39.908.945 domicilio Taboada 2411,

partido de Merlo, pcia de Buenos Aires y Pablo Sebastián INSAURRALDE, argentino, 23/05/1980, soltero,

empresario, DNI 27.756.771, domicilio Cárdenas 1126, partido de Merlo, pcia de Buenos Aires.- 2) 09/10/2019; 3)

“INVE SRL”4) Ciudad de Bs.As., sede: Suipacha 1010, CABA; 5) objeto realización por sí, por cuenta de terceros

o asociada a terceros, tanto en el territorio nacional como en el extranjero, de las siguientes actividades: 1)

CONSTRUCTORA: Construcción y venta de edificios por el régimen de propiedad horizontal, y en general, la

construcción y compraventa de todo tipo de inmuebles. Como actividad secundaria, la sociedad tendrá por objeto

dedicarse a negocios relacionados con la construcción de todo tipo de obras, públicas o privadas, sean a través

de contrataciones directas o de licitaciones, para la construcción de viviendas, puentes, caminos y cualquier

otro trabajo del remo de la ingeniería arquitectura; asimismo, corresponde el objeto social la intermediación en

la compraventa, administración y explotación de bienes inmuebles propios o de terceros y de mandatos.- 2)

INMOBILIARIA: Compra, venta, permuta, alquiler, construcción, y arrendamiento de propiedades inmuebles,

inclusive las comprendidas bajo el Régimen de Propiedad Horizontal, así como también toda clase de operaciones

inmobiliarias, incluyendo el fraccionamiento y posterior loteo de parcelas destinadas a viviendas, urbanización,

clubes de campo, explotaciones agrícolas o ganaderas y parques industriales, pudiendo tomar para la venta o

comercialización operaciones inmobiliarias de terceros. Podrá, inclusive, realizar todas las operaciones sobre

inmuebles que autoricen las leyes y las comprendidas en las disposiciones de la Ley de Propiedad Horizontal.

También podrá dedicarse a la administración de propiedades inmuebles, propias o de terceros. 3) COMERCIAL:

compra, venta, distribución, fraccionamiento, elaboración, envasamiento, importación y exportación de materias

primas, maquinarias, herramientas y mercaderías en general, incluso el ejercicio de comisiones, representaciones,

consignaciones y mandatos. 4) DE INVERSION: Mediante la compra y venta y negociación por cualquier modalidad

de títulos, debentures, obligaciones negociables, acciones, bonos, letras de tesorería y toda clase de valores

mobiliarios y papeles de crédito, públicos o privados, de cualquiera de los sistemas o modalidades creadas o

a crearse, incluyendo acciones, bonos o títulos con planos o sistemas de desgravación impositiva, aportes de

capitales propios o tomados en préstamos a sociedades constituidas o a constituirse. 5) FINANCIERA: Mediante

préstamos, financiamiento de operaciones de leasing, otorgamiento de garantías financieras por operaciones

de terceros, organización de sindicatos de acciones o de créditos o cualquier otro tipo de operación financiera.

Asesoramiento de todas las materias relacionadas con su actividad de inversión y financiera. Se excluyen

expresamente todas aquellas actividades comprendidas en la Ley de Entidades Financieras y toda otra que

requiera el concurso público.- 6) REPRESENTACIONES Y MANDATOS: representaciones, mandatos, agencias,

comisiones, consignaciones, gestiones de negocios y administración de bienes de capital, empresas en general y

edificios en propiedad Horizontal, loteos ó urbanizaciones de todo tipo; 6) 99 años de la inscripción; 7) $ 100.000;

8) Gerente: 1 o más en forma individual e indistinta, socios o no, por todo el tiempo de duración del contrato.-

Gerente: Leandro Emanuel VELEZ Domicilio especial: Suipacha 1010, CABA; 10) 30 de septiembre de cada año.-

Autorizado según instrumento público Esc. Nº 386 de fecha 09/10/2019 Reg. Nº 834

Jorge Ignacio Enriquez - Matrícula: 5524 C.E.C.B.A.

e. 16/10/2019 N° 78470/19 v. 16/10/2019