N° 11274/2018 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 6
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 6
SECRETARÍA NRO. 11
El Juzgado Nacional de 1ª Instancia en lo Comercial Nº 6, Secretaría Nº 11, a cargo de la Dra. Marta G. Cirulli,
sito en Pte. Roque Sáenz Peña 1211, piso 2º de Capital Federal; comunica por cinco días que en los autos
“SOLVENCY S.R.L. s/QUIEBRA N° 11274/2018, con fecha 26 de septiembre de 2019 se decretó la quiebra de
SOLVENCY S.R.L. CUIT: 30-70809188-6, siendo el síndico actuante el Contador Javier Andrés Tiseyra con
domicilio en Arenales 2335 4° B, a donde los acreedores deberán concurrir para presentar los títulos justificativos
de sus créditos hasta el día 11 de diciembre de 2019. Se intima a la fallida, sus apoderados, terceros y a cuantos
tengan bienes o documentos de la misma a ponerlos a disposición del síndico prohibiéndose hacer pagos o
entregas de bienes. Intímase a la fallida también para que, en el plazo de cinco días, cumpla con los requisitos
del art. 11 incs. 1 a 7 de la ley 24.522 (art. 86) y para que dentro de las 24 horas, entregue al Síndico los libros de
comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. Asimismo intímase a la fallida y/o apoderados
y/o sus integrantes para que constituyan domicilio dentro del radio del Juzgado y en el plazo de 48 horas bajo
apercibimiento de tenérselo por constituido en los Estrados del Juzgado. El Juzgado Nacional de 1ª Instancia en
lo Comercial Nº 6, Secretaría Nº 11, a cargo de la Dra. Marta G. Cirulli, sito en Pte. Roque Sáenz Peña 1211, piso
2º de Capital Federal; comunica por cinco días que en los autos “SOLVENCY S.R.L. s/QUIEBRA N° 11274/2018,
con fecha 26 de septiembre de 2019 se decretó la quiebra de SOLVENCY S.R.L. CUIT: 30-70809188-6, siendo el
síndico actuante el Contador Javier Andrés Tiseyra con domicilio en Arenales 2335 4° B, a donde los acreedores
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.220 - Segunda Sección 92 Jueves 17 de octubre de 2019
deberán concurrir para presentar los títulos justificativos de sus créditos hasta el día 11 de diciembre de 2019. Se
intima a la fallida, sus apoderados, terceros y a cuantos tengan bienes o documentos de la misma a ponerlos a
disposición del síndico prohibiéndose hacer pagos o entregas de bienes. Intímase a la fallida también para que,
en el plazo de cinco días, cumpla con los requisitos del art. 11 incs. 1 a 7 de la ley 24.522 (art. 86) y para que
dentro de las 24 horas, entregue al Síndico los libros de comercio y demás documentación relacionada con la
contabilidad. Asimismo intímase a la fallida y/o apoderados y/o sus integrantes para que constituyan domicilio
dentro del radio del Juzgado y en el plazo de 48 horas bajo apercibimiento de tenérselo por constituido en los
Estrados del Juzgado. En la ciudad de Buenos Aires, 09 de octubre de 2019.
MARTA G. CIRULLI Juez - ERNESTO TENUTA SECRETARIO
e. 10/10/2019 N° 77068/19 v. 17/10/2019