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N° 79895/19 Aviso del Boletín Oficial

INVERSIONES PARA EL AGRO S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS martes, 22 de octubre de 2019

Texto del aviso

INVERSIONES PARA EL AGRO S.A.

30-70991215-8. Por Acta de Asamblea de fecha 16 de octubre de 2019, se definió reformar el Artículo 11 del

Estatuto Social. Articulo DECIMO PRIMERO: la representación legal de la sociedad será ejercida por el presidente

del directorio, o por el vicepresidente, en caso de ausencia de aquel. El Presidente y el Vicepresidente en forma

conjunta ejercerán las siguientes facultades específicas: (i) cualquier adquisición, disposición, locación, colocación

financiera, en el carácter que fuere, o garantía a favor de terceros cuyo monto involucrado para cada transacción

individual sea superior al 5% (cinco por ciento) del capital social vigente a la fecha de la misma, o cuyo monto

involucrado por ejercicio económico sea superior al 10% del capital social vigente al inicio de dicho ejercicio, (ii)

cualquier acto a título gratuito cuando la sociedad fuera la dadora del mismo. (iii) cualquier transacción entre la

Sociedad y uno de sus accionistas o directores. (iv) la disolución o liquidación de la Sociedad; (vii) cualquier fusión,

combinación, reorganización de la Sociedad; (ix) distribución de dividendos; (x) el inicio de cualquier acción judicial,

o el desistimiento de la misma, en cualquier caso, cuando el monto involucrado exceda el 5% (cinco por ciento)

del capital social vigente a la fecha del inicio de la misma, (xi) la presentación en convocatoria de acreedores bajo

el régimen de la Ley 24.522 (o la que en el futuro la reemplace) así como el pedido de su propia quiebra por la

Sociedad (xii) Cualquier constitución de garantía real en favor de terceros; (xiii) Firmar cheques, realizar depósitos

en efectivo en nombre de la sociedad, transferencias desde la cuenta de la empresa, cobro de valores; (xiv) Abrir

o cerrar cuentas bancarias de la empresa; (xv) Actuar como mandatarios de cuentas bancarias, (xvi) Otorgar

poderes a una o más personas El Directorio puede en consecuencia celebrar en nombre de la sociedad toda clase

de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social, sujetos a las formas fijadas ut supra. Autorizado

según instrumento privado Acta de Directorio de fecha 02/10/2019

Fabiana Daniela Pini - T°: 121 F°: 901 C.P.A.C.F.

e. 22/10/2019 N° 79895/19 v. 22/10/2019