N° 81733/19 Aviso del Boletín Oficial
GAIMAN S.A.I.C.F.I. Y AG
Texto del aviso
GAIMAN S.A.I.C.F.I. Y AG
CUIT N° 33-58275423-9. Por Asamblea Ordinaria y Extraordinaria de fecha 30/01/19 se resolvió: I) Modificar
el artículo 3 del estatuto de la siguiente forma: “ARTÍCULO TERCERO: Tiene por objeto dedicarse por cuenta
propia, de terceros y/o asociada o en colaboración con terceros -para lo cual podrá hacer uso de cualquier figura
jurídica-, tanto en la República Argentina como en el exterior, exclusivamente a las siguientes actividades: (i)
operaciones financieras o de inversión, mediante aportes e inversiones de capitales en empresas o sociedades,
nacionales o extranjeras, constituidas o a constituirse, en negocios realizados o a realizarse, ya sea en el acto
constitutivo o mediante la suscripción de acciones, debentures, títulos valores convertibles o no, u otras formas
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.227 - Segunda Sección 6 Lunes 28 de octubre de 2019
de participaciones societarias; (ii) administrar y disponer de participaciones societarias; (iii) financiación de
operaciones comerciales, préstamos personales, avales y financiaciones a terceros, a corto, mediano y largo
plazo, con o sin interés, inversión en títulos valores o valores fiduciarios de cualquier tipo, públicos o privados, y
operaciones de créditos con cualquiera de las garantías previstas en la legislación vigente, o sin ellas; (iv) comprar,
vender, negociar y suscribir toda clase de títulos, acciones, debentures y demás valores mobiliarios de cualquier
naturaleza conocida o que se creen en el futuro; (v) ejercer mandatos, representaciones, agencias y comisiones, y la
administración de bienes y empresas de sociedades, personas o entidades radicadas en el país o en el extranjero;
(vi) retener o realizar en forma permanente o transitoria, inversiones en activos fijos; y (vii) en general realizar todo
tipo de operación financiera o de inversión. En especial, podrá actuar como agente o mandataria para todo tipo de
operaciones de la naturaleza indicada en los numerales anteriores. Se exceptúan las operaciones comprendidas
en la Ley de Entidades Financieras y toda otra que requiera el concurso del ahorro público. Las actividades que
así lo requieran serán llevadas a cabo por profesionales con título habilitante en la materia. Para el cumplimiento
del objeto social, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones, realizar
todo tipo de actos, celebrar toda clase de contratos y efectuar operaciones que no sean prohibidos por las leyes o
por el presente estatuto social.” a fin de modificar el objeto social de la sociedad; II) Modificar el artículo OCTAVO
a fin de extender la duración del mandato de los miembros del directorio a tres ejercicios y adecuar el régimen de
garantía de los directores a las nuevas disposiciones de la IGJ; III) Modificar el artículo NOVENO a fin de extender
la duración del mandato de los miembros de la sindicatura a tres ejercicios. Autorizado según instrumento privado
Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de fecha 30/01/2019
Pablo Gonzalez del Solar - T°: 67 F°: 375 C.P.A.C.F.
e. 28/10/2019 N° 81733/19 v. 28/10/2019