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N° 82630/19 Aviso del Boletín Oficial

LIQUIDITY S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS miércoles, 30 de octubre de 2019

Texto del aviso

LIQUIDITY S.A.

1) Esc 126 del 28.10.19 Reg 1108 CABA 2) Accionistas: Santiago Francisco GARCIA CALVO soltero nacido 14.1.1992

DNI 36687203 CUIT 20-36687203-6 hijo de Santiago Maria Garcia Calvo y Maria del Carmen Mayorga dom Cura

Allievi 1180 Boulogne San Isidro BsAs, Dante Segundo GALEAZZI soltero nacido 22.4.1992 DNI 36896829 CUIT

20-36896829-4 hijo de Dante Galeazzi y Maria Teresa Costantini dom El Aguaribay 1669 Beccar San Isidro BsAs,

Facundo Juan MANGIERI casado 1ras nup Maria Sol Alvarez nacido 15.4.1986 DNI 32318581, CUIT 20-32318581-7

dom Sucre 734 Piso 5 Dpto 501 CABA y Andrés León MATALÓN cas 1ras nupcias con Sol Grosskopf nacido 16.12.1985

DNI 32151241 CUIT 20-32151241-1 dom J F Kennedy 2970 Piso 4 de esta Ciudad, todos argentinos y licenciados en

economía; 3) LIQUIDITY SA, 4) Olazabal 1515 Piso 12 Oficina 1211 CABA, 5) Objeto: La Sociedad tiene por objeto

realizar por sí, o por terceros o asociada a terceros los siguientes actos con arreglo a la normativa correspondiente en

la República Argentina (la “Normativa Aplicable”): SERVICIOS: prestación de servicios informáticos y operativos de

uso de plataforma electrónica de negociación de facturas de crédito electrónicas, cheques, cheques electrónicos,

pagarés y/u otros instrumentos de crédito y/o títulos valores en los términos de la Ley de Financiamiento Productivo

27.440 y/o cualquier otra normativa correspondiente y/o alternativa, sus normas modificatorias y complementarias.

COMERCIAL: Comercialización de bienes, derechos y servicios para sí o para terceros en los mercados locales

y de extraña jurisdicción, especialmente software y servicios informáticos y digitales, incluyendo: (i) desarrollo de

productos y servicios de software (SAAS) existentes o que se creen en el futuro, que se apliquen a actividades

como e-learning, marketing interactivo, e-commerce, servicios de provisión de aplicaciones, edición y publicación

electrónica de información; siempre que sean parte de una oferta informática integrada y agreguen valor a la misma;

(ii) desarrollo y puesta a punto de productos de software originales registrables como obra inédita o editada; (iii)

implementación y puesta a punto para terceros de productos de software propios o creados por terceros y de

productos registrados; (iv) desarrollo de software a medida cuando esta actividad permita distinguir la creación de

valor agregado, aun cuando en los contratos respectivos se ceda la propiedad intelectual a terceros; (v) servicios

informáticos de valor agregado orientados a mejorar la seguridad de equipos y redes, la confiabilidad de programas

y sistemas de software, la calidad de los sistemas y datos y la administración de la información y el conocimiento

de las organizaciones; (vi) desarrollo de partes de sistemas, módulos, rutinas, procedimientos, documentación,

siempre que se trate de desarrollos complementarios o integrables a productos de software registrables; (vii)

servicios de diseño, codificación, implementación, mantenimiento, soporte a distancia, resolución de incidencias,

conversión y/o traducción de lenguajes informáticos, adición de funciones, preparación de documentación para el

usuario y garantía o asesoramiento de calidad de sistemas, entre otros, todos ellos a ser realizados a productos de

software y con destino a mercados externos; (viii) desarrollo y puesta a punto de software que se elabore para ser

incorporado en procesadores (software embebido o insertado) utilizados en bienes y sistemas de diversa índole;

(ix) videojuegos; y (x) servicios de cómputo en la nube. MANDATARIAS: administración por cuenta de terceros de

negocios financieros, y en especial, los relacionados con títulos de crédito, títulos valores públicos o privados,

representaciones, cobranzas, mandatos, comisiones, consignaciones y asesoramiento, con exclusión de aquello

que en virtud de la materia haya sido reservado a profesionales con título habilitante; la actuación como Agente de

suscripciones o servicios de renta y amortización; administración de carteras de valores, fideicomisos financieros

como Agente Fiduciario, Fideicomisos no financieros u ordinarios y cualquier actividad financiera adecuada a

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.229 - Segunda Sección 9 Miércoles 30 de octubre de 2019

la normativa vigente en la materia. AGENTE REGISTRADO, REPRESENTACIONES Y MANDATOS: Inscribirse y

actuar como agente registrado y/o bajo cualquier otra forma prevista –en los términos de la Ley de Mercado de

Capitales 26.831, Ley de Financiamiento Productivo 27.440, sus normas modificatorias y complementarias, y la

reglamentación de la Comisión Nacional de Valores–, pudiendo abarcar al efecto actividades de negociación,

de colocación, distribución, corretaje, liquidación y compensación, custodia y depósito colectivo de valores

negociables, las de administración y custodia de productos de inversión colectiva, y todas aquellas que, a criterio

de la Comisión Nacional de Valores, corresponda registrar para el desarrollo del mercado de capitales. 6) 99 años

desde su constitución, 7) $ 100000 8) Directorio 1 a 5 titulares por 3 ejercicios 9) Representación Presidente o

Vicepresidente en caso de ausencia o incapacidad del primero 10) Sindicatura Prescinde 11) Cierre Ejercicio 30

de septiembre de cada año. 12) Presidente: Santiago Francisco GARCIA CALVO; Vicepresidente: Andrés León

MATALÓN y Director Suplente: Facundo Juan MANGIERI aceptaron cargos y constituyeron domicilio especial en

la sede social Autorizado según instrumento público Esc. Nº 126 de fecha 28/10/2019 Reg. Nº 1108

Maria Fernanda Daud - Matrícula: 4497 C.E.C.B.A.

e. 30/10/2019 N° 82630/19 v. 30/10/2019