N° 82630/19 Aviso del Boletín Oficial
LIQUIDITY S.A.
Texto del aviso
LIQUIDITY S.A.
1) Esc 126 del 28.10.19 Reg 1108 CABA 2) Accionistas: Santiago Francisco GARCIA CALVO soltero nacido 14.1.1992
DNI 36687203 CUIT 20-36687203-6 hijo de Santiago Maria Garcia Calvo y Maria del Carmen Mayorga dom Cura
Allievi 1180 Boulogne San Isidro BsAs, Dante Segundo GALEAZZI soltero nacido 22.4.1992 DNI 36896829 CUIT
20-36896829-4 hijo de Dante Galeazzi y Maria Teresa Costantini dom El Aguaribay 1669 Beccar San Isidro BsAs,
Facundo Juan MANGIERI casado 1ras nup Maria Sol Alvarez nacido 15.4.1986 DNI 32318581, CUIT 20-32318581-7
dom Sucre 734 Piso 5 Dpto 501 CABA y Andrés León MATALÓN cas 1ras nupcias con Sol Grosskopf nacido 16.12.1985
DNI 32151241 CUIT 20-32151241-1 dom J F Kennedy 2970 Piso 4 de esta Ciudad, todos argentinos y licenciados en
economía; 3) LIQUIDITY SA, 4) Olazabal 1515 Piso 12 Oficina 1211 CABA, 5) Objeto: La Sociedad tiene por objeto
realizar por sí, o por terceros o asociada a terceros los siguientes actos con arreglo a la normativa correspondiente en
la República Argentina (la “Normativa Aplicable”): SERVICIOS: prestación de servicios informáticos y operativos de
uso de plataforma electrónica de negociación de facturas de crédito electrónicas, cheques, cheques electrónicos,
pagarés y/u otros instrumentos de crédito y/o títulos valores en los términos de la Ley de Financiamiento Productivo
27.440 y/o cualquier otra normativa correspondiente y/o alternativa, sus normas modificatorias y complementarias.
COMERCIAL: Comercialización de bienes, derechos y servicios para sí o para terceros en los mercados locales
y de extraña jurisdicción, especialmente software y servicios informáticos y digitales, incluyendo: (i) desarrollo de
productos y servicios de software (SAAS) existentes o que se creen en el futuro, que se apliquen a actividades
como e-learning, marketing interactivo, e-commerce, servicios de provisión de aplicaciones, edición y publicación
electrónica de información; siempre que sean parte de una oferta informática integrada y agreguen valor a la misma;
(ii) desarrollo y puesta a punto de productos de software originales registrables como obra inédita o editada; (iii)
implementación y puesta a punto para terceros de productos de software propios o creados por terceros y de
productos registrados; (iv) desarrollo de software a medida cuando esta actividad permita distinguir la creación de
valor agregado, aun cuando en los contratos respectivos se ceda la propiedad intelectual a terceros; (v) servicios
informáticos de valor agregado orientados a mejorar la seguridad de equipos y redes, la confiabilidad de programas
y sistemas de software, la calidad de los sistemas y datos y la administración de la información y el conocimiento
de las organizaciones; (vi) desarrollo de partes de sistemas, módulos, rutinas, procedimientos, documentación,
siempre que se trate de desarrollos complementarios o integrables a productos de software registrables; (vii)
servicios de diseño, codificación, implementación, mantenimiento, soporte a distancia, resolución de incidencias,
conversión y/o traducción de lenguajes informáticos, adición de funciones, preparación de documentación para el
usuario y garantía o asesoramiento de calidad de sistemas, entre otros, todos ellos a ser realizados a productos de
software y con destino a mercados externos; (viii) desarrollo y puesta a punto de software que se elabore para ser
incorporado en procesadores (software embebido o insertado) utilizados en bienes y sistemas de diversa índole;
(ix) videojuegos; y (x) servicios de cómputo en la nube. MANDATARIAS: administración por cuenta de terceros de
negocios financieros, y en especial, los relacionados con títulos de crédito, títulos valores públicos o privados,
representaciones, cobranzas, mandatos, comisiones, consignaciones y asesoramiento, con exclusión de aquello
que en virtud de la materia haya sido reservado a profesionales con título habilitante; la actuación como Agente de
suscripciones o servicios de renta y amortización; administración de carteras de valores, fideicomisos financieros
como Agente Fiduciario, Fideicomisos no financieros u ordinarios y cualquier actividad financiera adecuada a
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.229 - Segunda Sección 9 Miércoles 30 de octubre de 2019
la normativa vigente en la materia. AGENTE REGISTRADO, REPRESENTACIONES Y MANDATOS: Inscribirse y
actuar como agente registrado y/o bajo cualquier otra forma prevista –en los términos de la Ley de Mercado de
Capitales 26.831, Ley de Financiamiento Productivo 27.440, sus normas modificatorias y complementarias, y la
reglamentación de la Comisión Nacional de Valores–, pudiendo abarcar al efecto actividades de negociación,
de colocación, distribución, corretaje, liquidación y compensación, custodia y depósito colectivo de valores
negociables, las de administración y custodia de productos de inversión colectiva, y todas aquellas que, a criterio
de la Comisión Nacional de Valores, corresponda registrar para el desarrollo del mercado de capitales. 6) 99 años
desde su constitución, 7) $ 100000 8) Directorio 1 a 5 titulares por 3 ejercicios 9) Representación Presidente o
Vicepresidente en caso de ausencia o incapacidad del primero 10) Sindicatura Prescinde 11) Cierre Ejercicio 30
de septiembre de cada año. 12) Presidente: Santiago Francisco GARCIA CALVO; Vicepresidente: Andrés León
MATALÓN y Director Suplente: Facundo Juan MANGIERI aceptaron cargos y constituyeron domicilio especial en
la sede social Autorizado según instrumento público Esc. Nº 126 de fecha 28/10/2019 Reg. Nº 1108
Maria Fernanda Daud - Matrícula: 4497 C.E.C.B.A.
e. 30/10/2019 N° 82630/19 v. 30/10/2019