W20 Argentina W20Argentina

N° 85933/19 Aviso del Boletín Oficial

IC ASESORES EN SEGUROS S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS viernes, 8 de noviembre de 2019

Texto del aviso

IC ASESORES EN SEGUROS S.A.

CUIT: 30-70931863-9 No. correlativo IGJ: 1708257 Se hace saber por un día, en los términos del artículo 10, inc.

b), de la ley 19550 que la Asamblea General Extraordinaria del 03.10.19 aprobó reformar las cláusulas 4, 1 y 8 del

estatuto social conforme con los siguientes textos: “CUARTA: OBJETO SOCIAL: La sociedad tiene por objeto

realizar por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en el país o en el exterior, las siguientes actividades:

a) Inmobiliarias: la compraventa, permuta, locación de propiedades, inclusive las comprendidas bajo el Régimen

de Propiedad Horizontal, así como también toda clase de operaciones inmobiliarias, incluyendo el fraccionamiento

y posterior loteo de parcelas destinadas a vivienda, la urbanización de clubes de campo y parques industriales,

la administración de propiedades, leasing, permuta, explotación, construcción, refacción, remodelación,

urbanización, subdivisión, y de cualquier modo la comercialización de bienes inmuebles de cualquier naturaleza,

rurales o urbanos, inclusive bajo el régimen de propiedad horizontal, propiedad compartida, urbanizaciones

residenciales especiales y cualquier otro tipo o clase de construcción de obras públicas o privadas, sean estas

sobre inmuebles propios o ajenos; y el desarrollo, construcción y comercialización de edificios por el Régimen

de Propiedad Horizontal y en general todo tipo de inmuebles, como así también todo tipo de obras civiles; y

b) Mandatarias: Ejercer mandatos, comisiones y representaciones con relación a las actividades mencionadas

en el punto anterior. La sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y

ejercer los actos que directa o indirectamente se relacionen con el objeto social y que no sean prohibidos por las

leyes o por este estatuto.”; “PRIMERA: (DENOMINACIÓN): La denominación de la sociedad es ICASA Inversiones

Inmobiliarias S.A., es continuadora de la que fuera constituida bajo la denominación social de “IC ASESORES

EN SEGUROS S.A.”; y: “OCTAVA: (REQUISITOS Y GARANTÍAS): Al menos uno de los miembros integrantes del

Directorio debe revestir el carácter de accionista. En garantía del fiel cumplimiento de sus funciones, los directores

deberán otorgar una garantía por los montos requeridos por la normativa aplicable. El monto de la garantía será

igual para todos los directores. Dicha garantía podrá consistir en: (i) bonos, títulos públicos o sumas de moneda

nacional o extranjera depositados en entidades financieras o cajas de valores, a la orden de la sociedad; (ii) en

fianzas o avales bancarios o seguros de caución o de responsabilidad civil a favor de ésta; o (iii) cualquier otra

modalidad de garantía que se admita en el futuro. El costo de la garantía deberá ser soportado por cada director;

en ningún caso procederá constituir la garantía mediante el ingreso directo de fondos a la caja social. No podrán

depositarse en garantía las acciones de la misma sociedad.”

Autorizado según instrumento privado acta de asamblea de fecha 03/10/2019

Maria Cecilia Expósito - T°: 76 F°: 420 C.P.A.C.F.

e. 08/11/2019 N° 85933/19 v. 08/11/2019