N° 7/2015 Aviso del Boletín Oficial
PSICOSISTEMICA S.R.L.
Texto del aviso
PSICOSISTEMICA S.R.L.
CUIT 30713062002. por acta de reunión de socios del 20.09.2019 se aceptó la renuncia del gerente Horacio Arturo
Serebrinsky, se modifico el artículo tercero de estatuto, que establece que: La sociedad tiene por objeto conformar
un cuerpo multidisciplinario de profesionales y no profesionales con el propósito de administrar, coordinar,
gerenciar, auditar, proveer y evaluar la provisión de diferentes servicios de atención médica, ambulatoria y de
internación, como también psicológica, psiquiátrica y terapéutica, ya sea en forma coordinada, individual o grupal,
por sí o a través de terceros. Por otra parte, tendrá por objeto confeccionar un archivo administrativo completo y
detallado de las prestaciones y servicios brindados, profesionales independientes afectados a dichas prestaciones,
utilizando o conformando una base de datos a fin de coordinar la comunicación entre profesionales, campañas de
promoción de valores sociales actuales relacionados a las personas con capacidades diferentes, realizar censos
de pacientes, psicopatologías, estadística médica, contable y jurídica, análisis e informes respecto del rendimiento
económico de los recursos del sistema de prestaciones brindadas, realizar la inversión o reinversión de los activos,
realizar recaudaciones con diferentes objetos, capitalización en títulos o activos bancarios y/o financieros que
permitan mejorar y garantizar los servicios de administración, coordinación, financiamiento, auditoria y gestión de
servicios relacionados a la salud mental que brinde la sociedad. Se realizará asimismo la gestión comercial para
profesionales, efectores, empresas y sistemas de salud a los fines de informar e intermediar en la búsqueda y
auditoria de los servicios de salud contratados que resulten de interés para efectores, empresas y sistema de salud.
Para el cumplimiento de sus fines la sociedad desarrollará su objeto bajo la actuación, responsabilidad y firma
de cualquiera de los socios, conforme las funciones de la incumbencia particular del firmante. Aquellos socios no
vinculados a la actividad de prestación de servicios de salud mental podrán realizar todas las actividades referidas
a la administración, coordinación y comunicación de los servicios que brinde la sociedad.- A tales fines, la sociedad
tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no estén
prohibidos por la ley o el presente estatuto, realizar todas las operaciones, actividades, actos y contratos que se
relacionen directa o indirectamente con el objeto social, con particulares, empresas, obras sociales, sindicatos,
etc, pudiendo participar en toda clase de empresas y realizar cualquier negocio que directa o indirectamente tenga
relación con los rubros expresados. Podrá asimismo realizar toda clase de operaciones financieras invirtiendo
dinero o haciendo aportes propios o de terceros, contratando o asociándose con particulares, empresas o
sociedades constituidas o a constituirse, excepto las comprendidas en la ley de entidades financieras”, y el Artículo
Séptimo: “La administración, representación legal y uso de la firma social, estará a cargo de uno o más gerentes
en forma indistinta, por el término de dos ejercicios. En tal carácter tienen todas las facultades para realizar actos
y contratos tendientes al cumplimiento del objeto de la sociedad, inclusive los que menciona el artículo 375 del
Código Civil y Comercial y del artículo 9 del decreto ley 5965/63. La garantía de los directores a que se refiere el
artículo 256, párrafo segundo de la ley 19.550, deberá ajustarse a lo establecido por la Resolución Nº 7/2015 IGJ y
cualquier otra complementaria y/o modificatoria” Autorizado según instrumento privado acta de fecha 20/09/2019
Virginia Gatti - Matrícula: 4930 C.E.C.B.A.
e. 08/11/2019 N° 85722/19 v. 08/11/2019