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N° 86920/19 Aviso del Boletín Oficial

4LATAM S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA martes, 12 de noviembre de 2019

Texto del aviso

4LATAM S.R.L.

Constitución por instrumento publico del 11/10/19. 1) Marcelo Gabriel ARRABAL MIRANDA, DNI 20.302.229,

25/09/1968, casado, analista de sistemas; Marcelo Eduardo ARRABAL GALLARDO, DNI 19.016.697,02/08/1989,

soltero, licenciado en Ciencias Políticas; Francisco José ARRABAL GALLARDO, DNI 19.010.250,10/08/1991,

estudiante, soltero; Erika Mariana ARRABAL GALLARDO, DNI 40.673.718, 30/09/1997, estudiante, soltera; Todos

argentinos y todos domiciliados en la calle Cachimayo 167, 2° Piso, Departamento “A”,CABA. 2) Jujuy 2156, Piso

7°, Departamento “B”, CABA. 3) a) Servicio de diseño, instalación y control de módulos y sistemas: componentes

electrónicos, módulos, sistemas y subsistemas de procesamiento y transmisión electrónica de datos y de control

electrónico de procesos, incluyendo sus programas de funcionamiento y aplicación, sus derivados y accesorios.

b) Enseñanza de informática: desarrollo y dictado de cursos de capacitación y entrenamiento referidos al diseño,

desarrollo, programación, verificación, aplicación y usos de sistemas de procesamiento y transmisión electrónica

de datos y control de procesos. c) Asesoramiento empresarial: asesoramiento para la organización de todo tipo de

entes, lucrativos o no, en cualquiera de sus sectores o actividades; relevamiento, análisis, estudio e instrumentación

de sistemas operativos generales, ya sean administrativos, técnicos, financieros o comerciales, por medios

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.238 - Segunda Sección 19 Martes 12 de noviembre de 2019

electrónicos; consultoría en informática, soporte técnico y servicios auxiliares en el área de la informática; realizar

tareas relacionadas con el procesamiento electrónico de datos, su programación, registro y archivo por todos los

medios conocidos y/o a conocerse. Los servicios descriptos serán prestados atendiendo a las normas legales

y reglamentarias que regulan el ejercicio profesional de las distintas materias. Quedan excluidas las actividades

comprendidas en las Leyes 20.488 y 23.187; d) Comerciales: compra, venta, distribución, representación,

consignación, mandatos, importación, exportación e importación de: toda clase de materias primas, maquinarias,

instrumental de alta precisión, muebles, equipos, máquinas, insumos, para la industria de computación y

vinculadas, hardware, software, así como sus partes componentes, accesorios, alquiler de los mismos o leasing

y servicios relacionados, pudiendo encarar igualmente otras negociaciones o actividades conexas, derivadas

o vinculadas con las que constituyan el objeto principal. e) Financieras y de inversión: Dar y tomar préstamos

y financiaciones en general. Intervenir en la constitución de hipotecas. Inversiones o aportes de capital de

particulares o empresas para negocios realizados o a realizarse en el país o en el extranjero, con excepción de

las operaciones comprendidas en la Ley de Entidades Financieras y toda otra para la cual se requiera el concurso

público. Comprar, vender y negociar acciones, obligaciones negociables, títulos, bonos, y demás valores de toda

especie tanto públicos como privados. f) Mandatos y Servicios: mediante la realización de mandatos con la mayor

amplitud, ya sea en el país o en el extranjero, mediante la prestación de servicios técnicos y especializados,

tendientes a ejecutar, proveer y facilitar los negocios de importación, exportación, asesoramiento afín a los

mismos, incluyendo aspectos bancarios, aduaneros, de transporte, embalajes y seguros, quedando excluido todo

asesoramiento que en virtud de su materia haya sido reservado por disposición legal a profesionales con título

habilitante. Se encuentra comprendido dentro del objeto social y para la realización de sus fines específicos, la

posibilidad de establecer sucursales, locales de venta, representaciones o agencias en cualquier parte del país o

del exterior, asignándoles o no capital para su giro comercial, mediante resolución de sus socios. Las actividades

que así lo requieran serán desarrolladas por profesionales con títulos habilitantes. A tal fin la sociedad tiene plena

capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por

las leyes o por este estatuto. 4) 99 años. 5) $ 30.000. 6) Administración de 1 o más gerentes en forma individual e

indistinta por el termino de duración de la sociedad. Gerentes Marcelo Eduardo ARRABAL GALLARDO y Francisco

José ARRABAL GALLARDO quienes aceptan los cargos conferidos, y constituyen domicilio especial en la sede. 7)

Quórum y mayorías según artículos 159 y 160 ley 19550. 8) Cierre de ejercicio 30/06. Autorizado según instrumento

público Esc. Nº 2300 de fecha 11/10/2019 Reg. Nº 501

paula soledad Casuscelli - T°: 121 F°: 83 C.P.A.C.F.

e. 12/11/2019 N° 86920/19 v. 12/11/2019