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N° 88806/19 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 25

Edictos Judiciales REMATES JUDICIALES jueves, 21 de noviembre de 2019

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 25

SECRETARÍA NRO. 50

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 25, a cargo del Dr. Horacio Francisco ROBLEDO,

Secretaría N° 50 a cargo del Dr. Hernán CAMPOLONGO, sito en Avda. Callao 635 Piso 4° de la C.A.B.A. comunica

por 3 días en los autos. “GARCIA Raúl Héctor s/ Quiebra” Expte Nº 36.301/2.010 ”que el Martillero Gustavo Martín

FERNANDEZ ALVAREZ, CUIT 20-21764755-0 (Cel. 54-0998264) Rematará el día 02/12/2.019 a las 10,30 hs. en

punto, en Jean Jaures 545 Capital Federal siendo la exhibición los días 28 y 29/11/19 de 15 a 17 hs. Rematará en

block y al mejor postor de la porción indivisa -24,375% de los inmuebles titularidad del fallido que a continuación

se detallan: A) El 24,375% de los inmuebles ubicados en la calle San Blas 4451 entre Valparaíso y Gibraltar, de la

localidad de Pontevedra, Pcia. de Bs. As. Lotes 1, 2, 3, 4, 5 y 15 matrículas 71151, 71152, 71153, 71154, 71155 y

71160. B) El 24, 375% de los inmuebles ubicados en la calle San Blas 4451 entre Valparaíso y Gibraltar, de la

localidad de Pontevedra, Pcia. de Bs. As. LOTES 14, 6, 13 y 7; matrículas 71156, 71157, 71158 y 71159. A) Sup s/tít.

Lote 1: 609,10 m2 P. Inm. 72- 131025-6. Lote 2 Sup.s/tít.: 580,86m2. P. Inm 72-131026-4. Lote 3 Sup. s/Tít.:609,10m2

P.Inm. 72- 131027-2.Lote 4 Sup.s/tít. 766 m2 P.Inm. 72-131028-0.Lote 5. Sup.s/tít.: 3.064 m2.P.Inm. 72-104294-4

Lote 15 Sup.s/tít.:766 m2 P. Inm. 72-131037-0.B) Sup.s/tít. Lote 14:766 m2 .P.Inm. s/ tít. 766 m2. P.Inm. 72 131035-3.

Lote 7:766 m2 P. Inm. 72 131029-9. Cuya Nom. Catas. común a todos es Circ.:II; Secc.:E: Cha-cra: 198, Mza.: 198

F. Según constatación obrante en autos a fs. 1.034 calle San Blas 4451 entre Valparaíso y Gibraltar de la Localidad

de Pontevedra, Partido de Merlo, Provincia de Bs. As. Se trata de los lotes1,2,3,4,5,15 donde fui atendido

amablemente por el Sr. Gómez, Blas Francisco con D.N.I. n° 10.901.958 y habita la propiedad con su Sra. esposa

quien Teresa Liliana Santina RIGA con D.N.I.n° 13.125.658 y un hijo de ambos de 17 años de edad cuyo nombre es

Emmanuel Francisco GOMEZ RIGA, consta de amplio parque con diversa, extensa añosa y frondosa arboleda,

pileta oval de natación, luego la casa que se compone de cocina instalada, baño con inodoro, lavabo y ducha ,a la

derecha amplio living comedor en forma de L con ventana al frente y dos dormitorios y consta de aprox. 100 mts.

cubiertos, con techo de chapa, tiene quincho con techo de lona para 40 personas y otro quincho de material con

parrilla para 25 personas y también con techo de lona en buen estado de uso y conservación, cuenta con corriente

eléctrica, gas por garrafa y agua por bomba, alambrado perimetral hacia calles San Blas, Valparaíso y Gribraltar y

de cemento alisado en bloques hacia los lotes linderos 6 y 13. Acto seguido me constituyo en la calle Valparaíso

sin número entre San Blas y Saraza, lote 6 con una construcción en ejecución con puerta colocada y las cuatro

paredes, (tres de ellas sin revocar) sin techo y hacia el fondo lote 14 con una construcción precaria donde fui

atendido por Ricardo Roberto Santiago con D.N.I. 30.582.321, viudo, quien habita la propiedad con 3 hijos menores

de edad, el inmueble se compone de cocina comedor, tres habitaciones y baño instalado con en regular estado de

uso y conservación y cuenta con los mis-mos servicios descriptos anteriormente. BASES: A) La del inmueble

ubicado en la calle San Blas 4451 entre Valparaíso y Gibraltar, para los lotes 1, 2, 3, 4, 5 y 15, en block, en la suma

de $ 600.000. B) La del inmueble ubicado en la calle San Blas 4451 entre Valparaíso y Gibraltar, para los lotes 14;

6; 13 y 7, en block, en la suma de $ 200.000. SEÑA :30%. Comisión 3%. Sellado de ley 1,2%. Arancel Acordadas

10/99 del 0,25% Todo en efectivo y en el acto del remate.. La venta se realiza al contado, al mejor postor, AD

CORPUS, en el estado físico y jurídico en que se encuentra. El 70% restante a los cinco días de aprobado

judicialmente el remate, sin interpelación previa del Tribunal. Oblada que sea el precio de compra le será otorgada

la posesión del bien. Dejase aclarado que las medidas y demás datos correspondientes al inmueble constan en

autos, debiendo en su caso los interesados consultar las actuaciones. Frente a ello, será a cargo del adquirente

todo trámite inherente al posterior desalojo y/o ejercicio de las acciones de defensa del bien (tanto terceros como

ser desalojos, etc. o como legitimado pasivo en caso de reclamos por la ocupación contra la quiebra. Se entiende

que en los términos del art. 399 del Código Civil y Comercial de la Nación, la quiebra transfiere a su comprador

todos los derechos y acciones para la acción o defensa de este bien que se vende. Por ende, no se hará cargo ni

responsable del eventual resultado de estas acciones judiciales, presentes o futuras, ni de la defensa procesal de

la parte interesada. El comprador deberá en su caso ocupar el lugar procesal de la quiebra (art. 399 del CCCN) y

defender los derechos que adquiera en los juicios que pudiera existir en Provincia de Buenos Aires o en CABA con

relación a estas propiedades -sea en un eventual juicio posterior por usucapión o adquisición del dominio por

prescripción adquisitiva-, sea cualquier otro, donde el comprador como cesionario de la quiebra sea demandado;

o bien decidido ser parte actora para ejercer sus derechos. Los gastos que se devenguen en concepto de

honorarios, sellados y otros que tengan directa vinculación con las transferencias a realizarse oportunamente por

los adquirentes en pública subasta, entendidos por tales, las diligencias tendientes a la traslación dominial de los

mismos, escrituraciones, etc., estarán a cargo exclusivamente de los compradores. Respecto de las deudas por

impuestos tasas y contribuciones, las mismas se distribuirán de la siguiente forma: las anteriores al decreto de

falencia, deberán ocurrir por la vía y forma prevista por el art. 32 y sgtes. de LC; las posteriores al decreto de

quiebra y hasta la fecha de la toma de posesión del eventual adquirente se solventarán en los términos del art. 240

LC, previo reconocimiento de las mismas, y las que se originen con posterioridad a la posesión estarán a cargo del

adjudicatario. IV.- Asimismo se hace saber para su oportunidad, que será inoponible cualquier incidente de toda

naturaleza por parte de los eventuales adquirentes sin previo pago (depósito) oportuno de la integridad del precio

de venta del bien a rematarse. VI.- Se hace saber a los compradores que: a) Las sumas a abonar serán depositadas

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.244 - Segunda Sección 121 Jueves 21 de noviembre de 2019

en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires -Sucursal Tribunales-, a la orden del Juzgado y como perteneciente a

estos autos, en legal forma y en las oportunidades preestablecidas; b) Será a cargo de los compradores el pago

del I.V.A. que grava las operaciones de compraventa, los que en el acto del remate deberán denunciar su condición

de inscriptos o no y oblar los pagos correspondientes; d) no se aceptará compra “en comisión” en la subasta

ordenada, ni la cesión del boleto de compraventa, atento el carácter publicístico de la quiebra. VII.- Se pone en

conocimiento del eventual adquirente, que la posesión será otorgada luego de la integración del saldo del precio

en la forma precedentemente dispuesta y dentro de los 5 días subsiguientes a ello, por medio de mandamiento en

el que actuará el martillero como Oficial de Justicia “Ad-Hoc”, con las facultades de estilo, bajo apercibimiento de

lo previsto por el art. 255 L.C., quedando facultado el auxiliar a hacerlo mediante acta labrada al efecto. Asimismo,

deberá materializar la traslación de dominio a su favor en un plazo no mayor a 30 días, bajo apercibimiento de

aplicar astreintes que se fijan en el 0,50% diario del valor de compra, debiendo el síndico informar el cumplimiento

del presente, ello sin perjuicio de las acciones legales que se pudieren iniciar XVI.- Sin perjuicio de lo dispuesto

precedentemente, hágase saber a los interesados que, a los fines de tomar conocimiento de las condiciones de

venta, deberán concurrir por secretaría a consultar las constancias del expediente. Adeudan a AR BA s/fs. 902 P.I.

72-131025-6 $ 5.994, 37.s/fs. 903 P.I. 072 131026-4 $ 5.894,86. s/fs. 904 P.I. 072131027-2 $ 5.994,37.s/fs. 905 P.I.

072-131028-0 $ 5.969,49. s/fs. 906 y vta. P.I. 072 104294-4 $ 10.005,41. s/fs. 907 P.I. 072 104295-2 $ 5.969,49. s/

fs. 908 P.I. 072 131029-9 $ 5.969,49 s/fs. 909 P.I. 072 131035-3 $ 5.969,49. s/fs. 910 P.I. 072 131036-1$ 5.969,49;

fs. 911 P.I. 072 131037-0 $ 5.969,49, todas al 17/10/18; a Municipalidad s/fs. 757/762 $ 28.919,43 P.I. 104294; fs. 764

$ 13.062,48 P.I. 104295.fs. 766/771 $ 30.018,18 P.I. 131029, fs. 772/778 $ 30.017,39 P.I. 131035, fs. 780/785

$ 30.018,18 P.I. 131036. fs. 787/793 $ 30.018,18 P.I. 131037 s/fs 729/734 $ 29.153,36 P.I. 131.025.s/fs. 736/741

$ 28.998,15. P.I. 131026. s/fs. 743 $ 28.629,03 P.I. 131.027. s/fs. 750 $ 30.018,51 P.I. 131.028, todas al 05/10/18. En

la C.A.B.A. a los 05 días del mes de Noviembre de 2.019.- HORACIO FRANCISCO ROBLEDO Juez - FEDERICO

CAMPOLONGO SECRETARIO

e. 20/11/2019 N° 88806/19 v. 22/11/2019