N° 89200/19 Aviso del Boletín Oficial
LA PUNA 940 S.R.L.
Texto del aviso
LA PUNA 940 S.R.L.
CUIT 30-71590672-0. Por Reunión de Socios unánime del 12/11/2019 se reformó el art 3º del Contrato Social:
“TERCERA: (Objeto social) La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia, de terceros y/o asociada a
terceros, tanto en el territorio nacional como en el extranjero, las siguientes actividades: SERVICIOS TURISTICOS:
organízar y comercializar por cuenta propia o de terceros o en participación con terceros, servicios turísticos en
cualquier modalidad y en cualquier lugar del territorio nacional y/o en el extranjero y, en particular dentro de la
Provincia de Jujuy incluyendo servicios conexos con la actividad principal derivados de ella. MANUFACTURA DE
PRENDAS DE VESTIR: Manufacturar y fabricar por cuenta propia o a través de terceros de prendas y ar¬tículos de
vestir en general, comercializar prendas textiles y fibras de llama para la confec¬ción de dichos tejidos, “llama alpaca
oveja y/o vicuña” realizar acuerdos vinculados con el objeto social, exportar prendas y vender por mayor o menor
en todo el país; formular a- cuerdos con terceros para la comercialización de los mismos, nombrar licenciatarios y
transporta! dichas mercaderías desde o hacia cualquier lugar del territorio nacional, exhibir, publicitar y/o otorgar
en consignación a terceros dichos artículos. TRANSPORTE: actividades de transporte comercial de personas
y/o mercaderías en general, y en particular la organización de viajes turísticos de carácter individual o colectivo,
excursiones o similares; el traslado de personas a través de vehículos propios o de terceros, a través del servicio
público de pasajeros de Kombis, remise o taxis. Se deja constancia que la enumeración anterior no es excluyente
sino meramente enunciativa, pudiendo la Sociedad realizar toda tarea afín existente o eventualmente a crearse. A
tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y realizar todos
los actos que no estén prohibidos por la ley o por este contrato. Toda actividad que en razón de la materia esté
reservada a profesionales con título habilitante será realizada por los mismos conforme la legislación vigente”
Autorizado según instrumento público Esc. Nº 39 de fecha 12/11/2019 Reg. Nº 1715
Daniela Matar - T°: 124 F°: 964 C.P.A.C.F.
e. 21/11/2019 N° 89200/19 v. 21/11/2019