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N° 89200/19 Aviso del Boletín Oficial

LA PUNA 940 S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA jueves, 21 de noviembre de 2019

Texto del aviso

LA PUNA 940 S.R.L.

CUIT 30-71590672-0. Por Reunión de Socios unánime del 12/11/2019 se reformó el art 3º del Contrato Social:

“TERCERA: (Objeto social) La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia, de terceros y/o asociada a

terceros, tanto en el territorio nacional como en el extranjero, las siguientes actividades: SERVICIOS TURISTICOS:

organízar y comercializar por cuenta propia o de terceros o en participación con terceros, servicios turísticos en

cualquier modalidad y en cualquier lugar del territorio nacional y/o en el extranjero y, en particular dentro de la

Provincia de Jujuy incluyendo servicios conexos con la actividad principal derivados de ella. MANUFACTURA DE

PRENDAS DE VESTIR: Manufacturar y fabricar por cuenta propia o a través de terceros de prendas y ar¬tículos de

vestir en general, comercializar prendas textiles y fibras de llama para la confec¬ción de dichos tejidos, “llama alpaca

oveja y/o vicuña” realizar acuerdos vinculados con el objeto social, exportar prendas y vender por mayor o menor

en todo el país; formular a- cuerdos con terceros para la comercialización de los mismos, nombrar licenciatarios y

transporta! dichas mercaderías desde o hacia cualquier lugar del territorio nacional, exhibir, publicitar y/o otorgar

en consignación a terceros dichos artículos. TRANSPORTE: actividades de transporte comercial de personas

y/o mercaderías en general, y en particular la organización de viajes turísticos de carácter individual o colectivo,

excursiones o similares; el traslado de personas a través de vehículos propios o de terceros, a través del servicio

público de pasajeros de Kombis, remise o taxis. Se deja constancia que la enumeración anterior no es excluyente

sino meramente enunciativa, pudiendo la Sociedad realizar toda tarea afín existente o eventualmente a crearse. A

tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y realizar todos

los actos que no estén prohibidos por la ley o por este contrato. Toda actividad que en razón de la materia esté

reservada a profesionales con título habilitante será realizada por los mismos conforme la legislación vigente”

Autorizado según instrumento público Esc. Nº 39 de fecha 12/11/2019 Reg. Nº 1715

Daniela Matar - T°: 124 F°: 964 C.P.A.C.F.

e. 21/11/2019 N° 89200/19 v. 21/11/2019