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N° 23007/2016 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 64

Edictos Judiciales REMATES JUDICIALES lunes, 25 de noviembre de 2019

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 64

SECRETARÍA ÚNICA

Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 64 a cargo del Dr. Eduardo A. MAGGIORA, Secretaría

única a mi cargo, sito en la calle Uruguay 714 Piso 1° de Capital Federal, comunica por DOS DIAS que en los

autos caratulados: “BARLETTA, Pablo Daniel c/ MOLINA, Mónica Ester s/ Ejecución Hipotecaria” (Expediente

N° 23007/2016) el martillero Andrés Leonardo Muhlrad, rematará el día 28 de Noviembre de 2019 a las 11:45

horas en la Dirección de Subastas Judiciales sita en la calle Jean Jaures 545, PB, de la Ciudad de Buenos Aires,

el inmueble embargado a Fs. 25 con frente a la calle 162 N° 1153, de la Localidad de Bernal, Partido de Quilmes,

entre las de Formosa y Misiones, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: II – Sección: R – Manzana: 19 –

Parcela: 23-a, Subparcela: 2 – MATRICULA N° 20461/2, Unidad Funcional N° 2, Provincia de Buenos Aires. Según

constatación de Fs 152 Vta la propiedad se encuentra ocupada por Molina Mónica Ester y consta de Habitación;

Baño; Comedor; Cocina y Patio chico en regular estado de conservación y vive con su hijo Agustín Facundo

SOUTO. CONDICIONES DE VENTA: al contado y al mejor postor – BASE: U$S 25.000 – SEÑA: 30% - COMISION:

3% - SELLADO DE LEY y el 0,25% del arancel aprobado por la Acordada 10/99 C.S.J.N. DEUDAS: ARBA: $ 412,40

al 22.07.2019 (Fs 175/179) – Impuestos Municipales: $ 22.112,64 al 06.08.2019 (Fs 181/195) – Aguas Argentinas:

no registra deuda al 19.07.2019 (Fs 172/173) – AYSA: $ 18.678,61 al 24.07.2019 (Fs 199/200) – Expensas: no hay

consorcio. Se hace saber a quien resulte comprador que para el caso que no depositara el saldo de precio dentro

del quinto día de aprobado el remate, al mismo deberá aplicarse la tasa de interés pasiva promedio que publique

el Banco Central de la República Argentina desde el momento de la celebración del boleto y hasta el efectivo pago,

aún cuando la eventual demora no le fuera imputable y sin perjuicio de la nueva subasta que pudiera decretarse

(Art. 584 del Código Procesal). Atento lo resuelto en el Plenario del Fuero “Servicios Eficientes S.A c/ YABRA,

Roberto Isaac s/ Ejecución Hipotecaria” de fecha 18 de Febrero de 1999, hágase saber que no corresponde que el

adquirente en subasta judicial afronte las deudas que registra el inmueble por impuestos, tasas y contribuciones

devengadas antes de la toma de posesión, cuando el monto obtenido en la subasta no alcanza para solventarlas,

con excepción de las deudas que se registren en concepto de expensas comunes para el caso de que el inmueble

se halle sujeto al régimen de la ley 13.512. Queda prohibida la compra en comisión, así como la ulterior cesión

del boleto que se extienda. Días de exhibición: 26 y 27 de Noviembre de 2019 de 10 a 12 horas. ZULMA ANALIA

BERNUES SECRETARIA

e. 22/11/2019 N° 89311/19 v. 25/11/2019