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N° 92010/19 Aviso del Boletín Oficial

GUMA PROYECTOS S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA viernes, 29 de noviembre de 2019

Texto del aviso

GUMA PROYECTOS S.R.L.

GUMA PROYECTOS S.R.L.CUIT 30711819165- insc. 13-4-2011 nro 3180 libro 135 tomo de SRL. Transcripción Acta

esc. 120 del 21-11-2019, folio 598, escribano Pablo Adrian Colman Lerner, titular Registro notarial 2170 de CABA.

Por cesión-renovación de directorio-incorporación de herederos y Modificación Articulo 5° del Estatuto.- cedente:

SCHETTINO Haydee Olga, DNI 0.256.728 CUIL 27-00256728-3 (cede 24500 cuotas). Cesionaria: Maria del Carmen

SASSONE, DNI 13.103.718 CUIL 27-13103718-5.- Gustavo Eduardo GABRIELI DNI 11.815.407 socio gerente presta

conformidad con la cesion y renuncia.- SUSCRIPCION DEL CAPITAL: MARIA DEL CARMEN SASSONE, sucribe

24500 cuotas (surge cesion) más 2625 cuotas (surge de la sucesión). MARIA VERONICA GABRIELI, 2625 cuotas

(surge de la sucesión), SEBASTIAN EDUARDO GABRIELI, 2625 cuotas (hereda sucesión), MARCELO JAVIER

GABRIELI, 2625 cuotas (hereda sucesión) .- cuotas sociales valor nominal $ 1 cada una, suscripción 25%.- Todos

constituyen domicilio especial en Av.La Plata 462, piso 4, departamento A CABA.- MODIFICACION ART. QUINTO

quedando: “La administración y representación legal estará a cargo del socio Maria del Carmen SASSONE, quien

desde ya queda investido con el rango de GERENTE, y ejercerá sus funciones y tendrá el uso de la firma social.

Durará todo el tiempo de vigencia de la sociedad en su cargo, siendo ésta designación condición expresa del

contrato.- En consecuencia solo podrá ser removida mediando justa causa de acuerdo con lo que disponen los

art. 157 y 129 de la ley 19.550 y con las midificaciones del nuevo C.C.y C- El gerente usará su firma precedida de

la denominación de la sociedad, y además, se establece la garantía en la suma de Pesos ocho mil setecientos

cincuenta, la cual consistirá en un seguro de caución. Queda prohibido comprometer el uso de la firma social

en garantías, fianzas o negocios ajenos al giro social. El Gerente tiene amplias facultades de administración

y disposición, incluso las que requieren poderes especiales, según el art. 1881 del C.C. y el art 9no del dec.

ley 5965/63 con las modificaciones del nuevo C.C.y C.; podrá operar con toda clase de Bancos, compañías

financieras o entidades crediticias, oficiales y privadas; conferir poderes especiales y generales, ya sean judiciales

o extrajudiciales y revocarlos y realizar todo otro hecho o acto jurídico que haga adquirir derechos o contraer

obligaciones a la soc.”- Autorizado según instrumento público Esc. Nº 120 de fecha 21/11/2019 Reg. Nº 2170

Pablo Adrian Colman Lerner - Matrícula: 4683 C.E.C.B.A.

e. 29/11/2019 N° 92010/19 v. 29/11/2019