N° 91430/19 Aviso del Boletín Oficial
ASOCIACION CIVIL ADMINISTRADORA FINCAS DE MASCHWITZ S.A.
Texto del aviso
ASOCIACION CIVIL ADMINISTRADORA FINCAS DE MASCHWITZ S.A.
CUIT 30-69457003-4. El Directorio de ASOCIACIÓN CIVIL ADMINISTRADORA FINCAS DE MASCHWITZ S.A.
convoca a Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria, la que se celebrará el día 19 de Diciembre de 2019, en el
local “ Vintage Holmberg”, ubicado en la calle Holmberg número 3465 de la C.A.B.A., a las 18:00 horas en primera
convocatoria y a las 19:00 horas en segunda convocatoria, a efectos de tratar los siguientes puntos del orden del
día: a) Asamblea General Ordinaria: a. 1) Designación de dos propietarios accionistas para firmar el acta; a. 2)
Aprobación del Balance General N° 21, Memoria, Cuadros, Notas y Anexos al 30 de septiembre de 2019 previstos
en el Art. 234 de la Ley N° 19.550; a. 3) Aprobación de la gestión de los miembros del Directorio; a. 4) Elección
de Autoridades para los próximos dos ejercicios. b) Asamblea General Extraordinaria: b. 1) Modificación del
Reglamento de Convivencia, Art. Nº 6. Se sugiere reemplazar: “a partir de la fecha de comisión de la anterior”, por:
“a partir de la fecha de notificación y/ o apercibimiento efectivo sobre la falta”; b. 2) Modificación del Reglamento
de Convivencia. Art. Nº 17; inciso b) Y llevarlo a Art. Nº 17º infracciones graves. b. 3) Eliminar del Reglamento
de Convivencia el Art. Nº 17, inciso f) ya que el mismo también se encuentra dentro del Art. Nº 17, inciso x). b.
4) Reemplazar en el Reglamento de Convivencia, en Art. Nº 17, inciso d) la palabra quíntuple por: séxtuple. b. 5)
Eliminar del Reglamento de Construcción, en Art. Nº 15, inciso a) la palabra secos y agregar en el último párrafo:
exceptuando los cercos de cañas secas. b. 6) Trasladar Art. Nº 23 del Reglamento de Construcción al Reglamento
de Convivencia, Art. Nº 17 Infracciones graves, inciso z 2).- b. 7) Incorporar al Reglamento de Convivencia, Art.
Nº 17, inciso x) como ser “ al ingresar al Barrio los vecinos deberán apagar las luces del vehículo, bajar las
ventanillas, encender la luz del interior e identificarse. b. 8) Reemplazar el Reglamento de Convivencia; Art. Nº 11
donde dice: dentro de los treinta días por: dentro de los cinco días. b. 9) Agregar al Reglamento de Convivencia,
Art. Nº 17 incorporando también “con la guardia”. b. 10) Eliminar del reglamento de Convivencia, Art. Nº 19, no
brindar el servicio de acompañamiento de vehículo de la guardia desde y hasta la Ruta 26 y el Acceso Norte, y
también: pudiendo llegar, en circunstancias excepcionales, hasta el corte del suministro de agua de red. b. 11) Se
propone la incorporación de nuevas cámaras de control de exceso de velocidad
Designado según instrumento publico Esc de fecha 8/03/2018 al folio 417 del Reg 417 mirta susana goñi - Presidente
e. 27/11/2019 N° 91430/19 v. 03/12/2019