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N° 93697/19 Aviso del Boletín Oficial

NATIONAL SHIPPING S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS jueves, 5 de diciembre de 2019

Texto del aviso

NATIONAL SHIPPING S.A.

(CUIT 30-69799707-1) Comunica que por Asamblea Extraordinaria de fecha 20/11/2019 se resolvió:(i) ampliar el

objeto social y modificar el Artículo Tercero del estatuto que quedó redactado de la siguiente forma: “Artículo

tercero: Tiene por objeto: a) Realizar transporte marítimo y/o fluvial de cabotaje y/o internacional de cualquier tipo

de cargas en general en todas sus manifestaciones y/o modalidades y/o multimodal, a granel y/o en contenedores,

parciales y/o totales, proyectos; cargas refrigeradas, ganado en pie; líquidas y/o sólidas y/o gaseosas; en especial de

hidrocarburos y sus derivados (líquidos/sólidos/gaseosos); productos químicos /orgánicos/ minerales/ biológicos/

forestales/ materias primas/ combustibles cualquiera sea su origen/ biocombustibles/ agroquímicos/ lubricantes/

alcoholes/aceites vegetales y/o de cualquier origen, sub-productos, automóviles, maquinarias, herramientas, y

todo tipo de mercadería que se pueda trasportar, por cuenta propia o de terceros o asociados, en cualquier lugar

del mundo; b) Prestar todo tipo de servicio relacionados con el manejo, procesamiento y/o la transformación de

las mercaderías, cargas, materias primas, etc. descriptas en el punto a) u otras; c) Efectuar cualquier tipo de actos

y/o trámites ante las autoridades aduaneras y/o tributarias, realizar por cuenta propia o de terceros, despachos

aduaneros, tareas de agencia marítima, bróker, aprovisionamiento de cualquier tipo de bienes/ servicios/

alimentos/ agua/ combustibles/ etc., estiba, desestiba, seguridad y auxilio en puerto o navegación, asistencia,

salvamento, ser permisionario de depósito fiscal y/o cualquier otro tipo de actividad; d) La prestación de servicios

y asesoramiento, ya sea como broker, agente o consultor, a los propietarios, administradores u operadores de

instalaciones marítimas y offshore, instalaciones portuarias y/o medios de transporte incluyendo embarcaciones

marítimas y/o fluviales, sin importar su nacionalidad; la sociedad podrá, entre otras cosas, proveer asistencia

y asesoramiento en cuestiones técnicas y administrativas, especialmente, pero no exclusivamente, en relación

con órdenes, compras, ventas, seguros, tripulación y equipamiento respecto de las instalaciones y los medios

de transporte y el cumplimiento con las leyes, normas y reglamentos. A tal fin, la sociedad tiene plena capacidad

jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer cualesquiera otros actos, realizar operaciones

comerciales, industriales, financieras, aduaneras, operaciones sobre bienes muebles o inmuebles y establecer

sucursales en el país o en el exterior, siempre que dichas operaciones estén directa o indirectamente relacionadas

con su objeto social y/o que faciliten su realización y que no sean prohibidas por las leyes o por este estatuto.

Asimismo, la sociedad podrá realizar actividades conexas, accesorias o complementarias con el objeto social

precisado para el mejor cumplimiento de sus fines; e) Desarrollo, realización o celebración a nombre propio o

de terceros, de cualquier clase de negocios, actos y contratos conducentes o complementarios a los fines del

cumplimiento del objeto social; f) Contraer obligaciones, comprar, vender, arrendar, transferir, contratar en leasing,

disponer y gravar –con cualquier tipo de derechos de garantía- buques, artefactos navales y/o cualquier otro

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.254 - Segunda Sección 12 Jueves 5 de diciembre de 2019

tipo de bienes y/o servicios que se relacionen con el giro comercial de la sociedad; g) Establecer, gestionar y

llevar a cabo actividades de importación y exportación de toda clase de bienes, valores, efectos, mercaderías

y/o servicios; h) Recibir en depósito mercaderías y productos –ya sea como depósito fiscal o común-, empacar,

desempacar, reempacar, consolidar, desconsolidar, manufacturar, envasar, montar, ensamblar, refinar, mezclar,

transformar y en general operar, gestionar y manipular toda clase de mercaderías, productos, materias primas,

envases y demás efectos de comercio; i) Planificar, dirigir, contratar y/o ejecutar, por si o asociados a terceros

bajo cualquier modalidad, con dragas, buques, remolcadores, barcazas, pontones, artefactos navales, propios

y/o de terceros, cualquier tipo de tareas de dragado, apertura de canales, ahondamiento de cursos de agua,

limpieza, mantenimiento y toda otra actividad relacionada con la navegación; j) Ejecutar tareas de balizamiento,

mantenimiento y señalización de los causes de los ríos, canales de acceso al puerto y/o del interior del vaso

portuario; y todo otra tarea conexa; k) Llevar adelante tareas de administración y explotación de terminales

portuarias y/o amarraderos, servicios de estiba y/o desestiba de mercancías, servicios de remolque de buques

y/o artefactos navales, barcazas, etc.; tareas de depósito y/o almacenamiento de cualquier tipo de mercaderías,

productos, materias primas, combustibles, hidrocarburos y derivados, contenedores, graneles, incluyendo las

enumeradas en el puto a), etc.; l) Servicio de practicaje, amarre de buques, tareas de trincado y destrincado

de contenedores, recolección, recepción, tratamiento y/o disposición de cualquier tipo de residuos –peligrosos

o no- ya sean sólidos y/o líquidos, y de cualquier origen, seguridad y auxilio en puerto y/o navegación; orden

de bodegas, tareas de llenado, vaciado, consolidación, desconsolidación de contenedores, envases o bultos,

graneles, etc. servicio de vigilancia adicional; m) Tareas de logística de buques y/o cargas de cualquier tipo; n)

Tareas de paletizado, despaletizado, embolsado, desembolsado, fraccionamiento y ruptura de cargas, envases,

bultos de cualquier tipo de mercaderías; o) Presentarse como oferente y/o participar, en todo tipo de licitaciones,

concursos o compulsas de precios y ofertas, relacionadas con su objeto social, sean públicas o privadas, con

destino a particulares o reparticiones públicas, oficiales o no, en los ámbitos internacional, nacional, provincial

o municipal o de entes autárquicos, privados, mixtos y/o estatales o de cualquier otra índole, relacionados a

su objeto.La sociedad podrá establecer sucursales, constituir sociedades, subsidiarias, agencias, consorcios,

uniones transitorias de empresas, y/o constituir cualquier tipo de contrato asociativos, en cualquier lugar, ya sea

dentro o fuera de la República Argentina, recurrir al mercado de capitales, sea nacional o extranjero, obteniendo

préstamos o financiamientos de cualquier naturaleza, modalidad o denominación, aceptar, constituir y transferir

garantía –ya sean reales o personales- y todo tipo de derecho real permitido en ley. Para el cumplimiento de su

objeto, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos

los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto” Autorizado según instrumento privado Acta de

Asamblea Extraordinaria de fecha 20/11/2019

Mariana Ehrman Duffau - T°: 129 F°: 75 C.P.A.C.F.

e. 05/12/2019 N° 93697/19 v. 05/12/2019