N° 95458/19 Aviso del Boletín Oficial
BA MALL S.R.L.
Texto del aviso
BA MALL S.R.L.
BA Mall S.R.L. (CUIT 30-70989881-3) comunica que por Reunión de Socios Ordinaria y Extraordinaria de fecha
29/11/19, se aprobó la transformación social de BA MALL S.R.L. conforme Escritura Pública N° 2135 de fecha
29/11/19 pasada por ante el escribano Juan Pablo Lazarus del Castillo, cuya nueva denominación será BA
MALL S.A.U. Accionista: PREF BA Mall II, S.L. Unipersonal, inscripta ante el Registro Público de Comercio a cargo
de la Inspección General de Justicia bajo el N° 44 del Libro 58, Tomo B de Estatutos Extranjeros el 14 de enero de
2008, la cual no ejerció su derecho de receso. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto dedicarse, por sí, por
intermedio de terceros, con terceros o asociada a terceros, por cuenta propia o de terceros o través de contratos
con personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, o mediante la constitución y/o adquisición de personas
jurídicas en la República Argentina o en el extranjero, a las siguientes actividades en el país o en el exterior: i)
INVERSIONES, EXPLOTACIÓN Y DESARROLLOS INMOVILIARIOS: mediante la compra, venta, permuta,
adquisición y/o transferencia por cualquier título oneroso, incluyendo permisos adquiridos por compra, cesión,
transferencia, posesión, fusión o el otorgamiento por parte del poder público pudiendo al efecto solicitar de los
gobiernos nacionales, provinciales y municipales permisos y concesiones, de inmuebles aptos para cualquier
destino, sean urbanos o rurales, sitos en la República Argentina o en el exterior, y/o mediante la constitución,
adquisición y/o transferencia, bajo cualquier modalidad onerosa, de sociedades que sean de tales inmuebles,
desarrollo, subdivisión (inclusive por el régimen de propiedad horizontal), urbanización, parcelamiento, organización,
aprovechamiento, explotación, comercialización, y/o enajenación (inclusive por el régimen de la propiedad
horizontal), bajo cualquier modalidad jurídica nominada o innominada, incluyendo la compraventa, locación,
arrendamiento, leasing, fideicomiso, concesión, contrato de hospedaje, contrato de garaje, cesión, contratos por
los cuales se constituyan y/o transmitan derechos reales y/o derechos personales o creditorios, etc., de todo
género de inmuebles, propios y/o de terceros, sean urbanos o rurales, sitos en la República Argentina o en el
exterior, con finalidades y/o destinos que, con sujeción a la normativa vigente, se estimare en cada caso más
conveniente, tales como, a título meramente enunciativo, viviendas, oficinas comerciales y/o profesionales, locales
comerciales y/o centros de comercialización a cualquier escala, explotación de establecimientos hoteleros, apart-
hoteles, hostería, tiempos compartido, shopping centers, “malls”, galerías comerciales, garajes, cocheras, playas
de estacionamiento, loteos, countries, barrios cerrados, cementerios privados, centro deportivos, recreativos,
turísticos y/o de esparcimiento. ii) INVERSIONES MOBILIARIAS DE TODA CLASE: mediante la compra, venta,
permuta, locación o cualquier otro tipo de operaciones autorizadas sobre acciones, obligaciones negociables,
bonos representativos de la deuda pública o privada, certificados de participación o cuotapartes representativos
de cualquier género de activos, cualquier clase de títulos públicos, nacionales o extranjeros, muebles y semovientes
de todo tipo, derechos intelectuales, patentes, marcas, derechos industriales, diseños, energía y, en general,
cualquier otra clase de cosas muebles y/o derechos y la explotación y aprovechamiento de tales cosas muebles
y/o derechos. iii) CONSTRUCCION Y/O EXPLOTACION DE OBRAS Y BIENES PÚBLICOS: construir, ejecutar, llevar
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.257 - Segunda Sección 16 Martes 10 de diciembre de 2019
a cabo, explotar y/o administrar obras públicas y/o bienes públicos, sea a título de concesionaria, licenciataria o
bajo cualquier otra figura o modalidad jurídica, cualquiera fuere el destino de aquéllos, participar en concesiones
y/o licencias de obras y/o bienes públicos y adquirir participación en sociedades inversoras que tengan intereses
en sociedades licenciatarias o concesionarias. iv) REPRESENTACIONES: aceptar y ejercer representaciones,
mandatos, comisiones, agencias, consignaciones, y/o gestiones de negocios. v) ADMISNITRACIONES: administrar
todo tipo de bienes inmuebles o muebles, fondos, carteras crediticias, mobiliarias o inmobiliarias, activos de
cualquier naturaleza, sean bienes propios y/o ajenos, administrar consorcios de copropietarios, espacios
guardacoches, garajes, cocheras y playas de estacionamiento, desempeñar mandatos y/o gestiones de
administración y/o aceptar cargos de fiduciaria. vi) CONSTRUCCIONES: construir, reciclar, remodelar, reparar,
ejecutar, desarrollar, bienes inmuebles, propios y/o ajenos, públicos o privados, cualquiera fuere su destino, en su
caso, y de corresponder conforme la normativa que resulte aplicable, por intermedio del o de los profesionales y/o
representantes con título habilitante y debidamente matriculados. vii) ASESORAMIENTO: asesorar a terceros
respecto de las actividades comprendidas en los apartados i) a vi) del presente Artículo, como así también para la
proyección y desarrollo de todo tipo de obras; todo ello, en su caso, y de corresponder, conforme la normativa que
resulte aplicable, por intermedio del o de los profesionales y/o representantes con título habilitante y debidamente
matriculados; y viii) FINANCIACIÓN de emprendimientos y/o proyectos y/u Obras y/u Operaciones inmobiliarias:
Otorgar créditos para la financiación de emprendimientos, proyectos, obras y/o desarrollos inmobiliarios de
terceros, públicos o privados, y/o para la adquisición de inmuebles nuevos o usados, cualquiera fuere el destino
previsto para tales inmuebles, efectuar aportes de capital y/o tecnología y/o conocimiento de negocios a los
mismos fines antes indicados, solicitando en cualquiera de los casos mencionados precedentemente las garantías
que se estimaren convenientes; se comprende expresamente al otorgamiento con fondos propios de préstamos al
personal de la sociedad cualquiera fuere su jerarquía y de acuerdo con la calificación crediticia que del mismo se
efectué, en su caso con las garantías reales y/o personales que correspondan; todo ello con sujeción a las normas
y reglamentaciones que resultaren aplicables y en la medida que no se trate de operaciones reservadas a las
entidades comprendidas en la Ley de Entidades Financieras de la República Argentina. Para el mejor cumplimiento
de su objeto social la Sociedad tendrá plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y
realizar toda clase de actos jurídicos que hagan a su objeto y que no estén expresamente prohibidos por las leyes
o por estos Estatutos. En particular, y sin que ello implique limitación alguna, la Sociedad podrá: a) Adquirir por
compra o por cualquier otro título bienes inmuebles o muebles y toda clase de derechos, títulos, acciones o
valores, y venderlos, cederlos, permutarlos, darlos en locación o disponer de ellos mediante cualquier título, como
así también darlos en garantía y gravarlos, inclusive mediante fideicomisos de garantía, hipotecas, prendas o
cualquier otro derecho real y construir sobre ellos servidumbres. b) Asociarse a terceros, ya sean personas físicas
o jurídicas, mediante la constitución de sociedades o adquisición de participación en sociedades, celebración de
contratos de unión transitoria de empresas o de colaboración empresaria. c) Celebrar toda clase de contratos. d)
Contraer toda clase de obligaciones, inclusive préstamos y celebrar todo tipo de operaciones con bancos oficiales
o privados, nacionales o extranjeros, organismos internacionales de crédito y/o de cualquiera otra naturaleza. e)
Conceder créditos comerciales vinculados con su giro comercial. f) Aceptar y otorgar mandatos. g) Aceptar y
hacer donaciones y/o constituir garantías, reales o personales. h) Emitir, en el país o en exterior, obligaciones
negociables, y otros títulos de deudas en cualquier moneda, con o sin garantía, convertibles o no en acciones de
la Sociedad así como otros títulos valores, típicos o atípicos. La Sociedad para desarrollar actividades comprendidas
en su objeto social podrá constituir sociedades o participar en personas jurídicas de carácter privado o público,
domiciliarias en el país o en el exterior. Duración: 99 años, contados a partir de su fecha de inscripción en la
Inspección General de Justicia. Capital social: $ 396.840.388, representado por 396.840.388 acciones de $ 1 cada
una y con derecho a 1 voto por acción. Administración: Directorio compuesto por el número que fije la Asamblea,
entre un mínimo de 1 y un máximo de 5 Directores Titulares, pudiendo designar igual o menor número de Directores
Suplentes. El plazo de duración de los Directores en sus cargos es de un ejercicio. Integración del Directorio:
Presidente: Diego Martín González Casartelli, Vicepresidente: Rubén Félix Baccá; Directores Titulares: Jerónimo
José Bosch y Diego Chevallier Boutell; Director Suplente: Germán Miguel Herrera. Los Directores designados
constituyeron domcilio especial en Av. del Libertador 603, piso 18°, C.A.B.A. Representación legal: Corresponde
al Presidente o al Vicepresidente, en su caso. Cierre de ejercicio: 31 de diciembre de cada año. Fiscalización: A
cargo de un síndico titular y un síndico suplente, quienes permanecerán en su cargo por un ejercicio. Síndicos
designados: Síndico Titular: Ricardo Daniel Muzzalupo. Síndico Suplente: María Cristina Larrea. Sede social: Av.
del Libertador 602, piso 18°, C.A.B.A. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 2135 de fecha 29/11/2019
Reg. Nº 15
agostina griselli - T°: 118 F°: 289 C.P.A.C.F.
e. 10/12/2019 N° 95458/19 v. 10/12/2019