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N° 24/00 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 13

Edictos Judiciales REMATES JUDICIALES martes, 10 de diciembre de 2019

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 13

SECRETARÍA ÚNICA

El Juzgado Nacional de 1ra Inst. en lo Civil Nº 13, Secretaría Unica, con sede en la Av. De los Inmigrantes 1950,

piso 5º de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comunica por 2 días en autos: “ NAKKAB, Sion Gabriel c/

ROCCASALVO, Ricardo Daniel y otro s/ División de condominio “, (EXPTE. 63721/15 reservado), que el Martillero

Alejandro M. Alvarez Noblia (TE 011-4372-0587 C.U.I.T. 20-12076311-4) subastará en la calle Jean Jaures 545

de esta Ciudad, el día 18 de Diciembre de 2019, a las 12:00 horas en punto el 100% del inmueble sito en la

calle Hernandarias 943/45/47 Nomenclatura Catastral: Circunscripción 4, Sección 10, Manzana 64, Parcela 27

Matrícula F.R. 4-359 Dicho inmueble está desarrollado sobre un lote de terreno que mide de frente 8,72 mts y

34,86 mts de fondo lo que da una superficie de terreno de 304 mts² y consta de una superficie edificada cubierta

de 565 mts². Según constatación del 17/12/2018 y obrante en autos, al inmueble que se accede por el Nº 945 se

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.257 - Segunda Sección 68 Martes 10 de diciembre de 2019

encuentra ocupado por el Sr. Ricardo D. Roccasalvo en calidad de co-titular, conjuntamente con su cónyuge, su

suegra y un hijo mayor de edad. A dicha propiedad se accede por una escalera hasta el primer piso y consta de

Living comedor, dos dormitorios, cocina, baño completo, altillo y terraza. Este inmueble se encuentra en normal

estado de habitabilidad, cabe destacar que se observan filtraciones en casi todos los techos de sus ambientes.

El inmueble del Nº 947 es un local con vivienda cuya entrada está tapiada y en estado de abandono. Posee una

vivienda que consta de dos dormitorios, patio, cocina y baño más una habitación de madera y un fondo techado

haciendo un galpón. El inmueble del Nº 943 se accede por un pasillo con conexión en su fondo con el Nº 947.

Ambas están usurpadas y no se dieron a conocer. Por dichos del Sr. Roccasalvo consta de hacia su fondo, en la

planta baja y a mitad de la escalera hay una habitación con baño y cocina de madera y chapa, en el primer piso

hay un departamento de 3 ambientes con baño y cocina. Todo en muy mal estado de conservación. Deudas: O.S.N

(e.l.) sin deuda al 03/05/19 (fs. 325/328), Aguas Argentinas $ 44.265,14 al 13/05/19 (fs. 330/331), Aguas Argentinas

$ 71.375,29 al 16/07/2019 (fs. 413) ABL Partida 3111525-03 $ 11.802,41 con más $ 3.158,29 al 24/06/2019 (fs.

382/386); ABL Partida 3111526-01 $ 14.570,14 al 24/06/2019 (fs 387/390); ABL Partida 3111527-06 $ 5.853,99 al

24/06/2019 (fs. 391/395); ABL Partida 3111528-02 $ 15.519,03 al 24/06/2019 (fs 396/400). Esta venta se realiza AL

CONTADO Y AL MEJOR POSTOR, BASE U$S 105.000, SEÑA 30%; COMISION 3% más I.V.A., Acordada Nº 24/00

de la C.S.J.N. 0,25%, Sellado de Ley, todo en dinero en efectivo en el acto de la subasta. No obstante toda vez que

su único objetivo es lograr un valor constante del precio que se obtenga, evitando su depreciación dispónese que

tanto la seña como el boleto correspondiente deben ser pagados en dicha moneda, o en su defecto en la cantidad

de pesos necesarios para su adquisición conforme la cotización al tipo vendedor que publique el BCRA el día del

remate y, el saldo, al del día en el cual deba ser integrado (conf. Art. 578 in fine, Cód. Procesal) En el acto de suscribir

el boleto de compraventa exigirá a quién o quienes resulten compradores la constitución de domicilio legal dentro

del radio del Juzgado bajo apercibimiento de que las sucesivas providencias se le tendrán por notificadas en la

forma y oportunidades previstas en el Art. 133 del C.P.C.C.. No procede la compra en comisión ni la ulterior cesión

del boleto de compraventa. No se autoriza la compra por mandato tácito, en los términos dispuestos por el art 17

del reglamento de la Oficina de Subastas (Resolución 60/2005, Consejo de la magistratura). En caso de actuar por

poder, el martillero anunciará de forma inmediata y a viva voz el nombre del mandante. Los interesados podrán

concurrir al Tribunal a efectos de tomar conocimiento de las actuaciones. El saldo de precio deberá depositarse

dentro de los 5 días de notificado por ministerio de la ley del auto de aprobación del remate, bajo el apercibimiento

previsto por el art. 580 del CPCCN., en caso de no integrarlo oportunamente, devengará -a partir del vencimiento

de dicho plazo- intereses, y/o será pasible de adecuación por el mecanismo que resulte pertinente, todo ello a

fin de asegurar la estabilidad de su poder adquisitivo. El adquirente no deberá afrontar las deudas que registra

el inmueble por impuestos, tasas y contribuciones, devengadas antes de la toma de posesión, cuando el monto

obtenido en la subasta no alcance para solventarlas, excepto respecto de las expensas comunes, donde no cabe

una solución análoga, conforme la doctrina legal obligatoria fijada en el plenario “Servicios Eficientes S.A. c/ Yabra,

Roberto Isaac s/ ejecución hipotecaria”. EXHIBICION: los días 16 y 17 de Diciembre de 2019 dentro del horario de

10:30 hrs a 12:30 hrs.. BUENOS AIRES, 6 de diciembre de 2019.

JORGE I.SOBRINO REIG Juez - M EUGENIA AGUIRRE CASTRO secretaria

e. 10/12/2019 N° 94827/19 v. 11/12/2019