N° 99274/19 Aviso del Boletín Oficial
PORTLAND ADMINISTRADORA FIDUCIARIA S.A.
Texto del aviso
PORTLAND ADMINISTRADORA FIDUCIARIA S.A.
cuit30.71147322.6 Por asamblea extraordinaria del 1/11/2019 se modifico el objeto quedando redactado el mismo
de la siguiente manera: a) Constructora: construcción y/o refacción de inmuebles urbanos, rurales, para renta y
comercio, civiles, particulares, y la edificación de cualquier naturaleza, inclusive las que se someten al régimen de
la Ley 13.512, la Ley 19.724 y sus reglamentaciones por el sistema de compra venta al costo o por constitución
de consorcios de propietarios en general, leasing y fideicomiso de la ley 24.441, construcción de urbanizaciones
especiales y conjuntos inmobiliarios tales como barrios cerrados, clubes de campo, barrio de chacras, parques
industriales, centros de compra, parques náuticos, como así también la construcción, ejecución o montaje de
toda obra de ingeniería y arquitectura, obras viales, industriales y electromecánicas, sus estudios, proyectos
e instalaciones, sean públicas o privadas. b) Inmobiliarias: compra, venta, leasing, permuta, fideicomiso de
administración y de garantía, construcción, explotación, subdivisión, alquiler, administración, arrendamiento de
propiedades inmuebles urbanos o rurales, barrios privados, clubes de campo y parques industriales, incluyendo
inmuebles incorporados al régimen de intercambio vacacional como así también el otorgamiento de cesiones de
uso y goce sobre los mismos y la compra, venta, permuta, leasing y alquiler de semanas de los inmuebles afectados
al citado régimen de intercambio vacacional. c) Mandatos: realización de toda clase de mandatos, comisiones,
consignaciones o representaciones, con relación al objeto social. D) FINANCIERAS: Otorgar fianzas, avales y
toda otra clase de garantías reales o personales por obligaciones de terceros, incluso para el mantenimiento de
ofertas o el cumplimiento de contratos por terceros. Si es a favor de sociedades en que tenga participación directa
o indirecta a cualquier título, podrá hacerlo en forma gratuita. Se excluyen todas las operaciones comprendidas
en la Ley de entidades financieras y toda otra que requiera el concurso público. Inversiones en toda clase de
bienes muebles e inmuebles. E) FIDUCIARIA: actuar como fiduciaria, en todo tipo de fideicomisos, incluyendo
pero no limitando a fideicomisos ordinarios, privados, de acciones, convencionales, de garantía, para programas
de propiedad participada, de administración, de inversión, financieros y todo otro tipo de fideicomisos y servicios
fiduciarios, pudiendo inscribirse en los registros respectivos o que correspondieren de acuerdo a la naturaleza del
fideicomiso, para lo cual contará con las facultades de aceptar, adherir o suscribir contratos de fideicomiso, ejercer
fiducias, mandatos y gestiones, recibir y aceptar la propiedad fiduciaria de toda clase de bienes y transmitirla
a favor de los beneficiarios, fideicomisarios, fiduciantes o terceros, según corresponda conforme al mandato
recibido, arrendar, liquidar o enajenar los bienes fideicomitidos, realizar pagos a los beneficiarios, fiduciantes,
fideicomisarios o terceros que le sean indicados, gravar los bienes fideicomitidos cuando lo requieran los fines del
fideicomiso, ejercer todo tipo de acciones de defensa de los bienes del fideicomiso, y llevar a cabo cuantas más
actividades o gestiones que le imponga la normativa vigente La sociedad a tal fin tiene plena capacidad jurídica
para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por
el estatuto. En caso que la ley lo requiera intervendrán profesionales con títulos habilitantes. Se reformo articulo 3°.
Autorizado según instrumento privado ASAMBLEA EXTRAORDINARIA de fecha 01/11/2019
Gerardo Daniel Ricoso - T°: 95 F°: 2 C.P.A.C.F.
e. 23/12/2019 N° 99274/19 v. 23/12/2019