N° 100089/19 Aviso del Boletín Oficial
MAS PROTECCION S.A.
Texto del aviso
MAS PROTECCION S.A.
CUIT 30-70773610-7. Por acta de asamblea unánima del 02/12/2019 se modificó el objeto social que queda
redactado así: “ARTICULO TERCERO.- La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia, de terceros y/o
asociada a terceros, en todo el territorio de la República Argentina, y/o en el exterior por medio de agencias,
sucursales o representaciones, las siguientes actividades: La compra, venta, alquiler, comodato, importación,
exportación, representación, otorgamiento de licencias a terceros, explotación de licencias de terceros,
consignación, y toda clase de comercialización de productos, equipos, servicios y sistemas para la seguridad
de instituciones públicas o privadas, empresas, comercios, vehículos o personas. El diseño, transformación,
adaptación, reparación, mantenimiento y todo tipo de elaboración de productos, equipos, servicios y sistemas
vinculados al objeto específico de la sociedad. El asesoramiento, la programación, adaptación y prestación de
servicios de seguridad, monitoreo de alarmas fijas o móviles, rastreo y localización de vehículos, comunicación
con equipos y personal propio o de terceros, vigilancia y tele vigilancia de personas, propiedades, instalaciones
y todo tipo de benes, fijos o móviles, estableciendo servicios predeterminados de respuesta y asistencia ante
pedidos de ayuda y/o alarmas emanadas de los abonados a estos servicios. A los fines del objeto la sociedad
tendrá plena capacidad para investigar, desarrollar, difundir y realizar toda clase de actos vinculados directa o
indirectamente con la seguridad y comunicación, cumpliendo con los requisitos, habilitaciones y licencias que
establezcan las leyes, reglamentos, disposiciones administrativas, edictos policiales y demás normas emanadas
de las autoridades de contralor competentes en el ámbito jurisdiccional respectivo, incluyendo operación de todos
aquellos materiales y/o elementos complementarios necesarios, tales como vehículos, uniformes, actos con armas
de fuego u otro tipo, dentro de las disposiciones y normas antes enumeradas, salvo en los casos en que deban
actuar profesionales de matrícula, los que lo harán dentro de sus respectivas especialidades. Aportes e inversiones
de capital propio, en dinero y/o especie a empresas o sociedades por acciones constituidas o a constituirse,
para negocios presentes y futuros; compraventa de títulos, acciones u otros valores mobiliarios, constitución y
transferencia de hipotecas y otros derechos reales, otorgamiento de créditos en general, garantizados o no y toda
clase de operaciones financieras permitidas por las leyes, exceptuándose las operaciones comprendidas en la ley
de entidades financieras o cualquiera en las que se requiera el concurso público.- A tal efecto, la sociedad tiene
plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos
por las leyes o por este Estatuto dejando establecido que en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires se ajustará
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.271 - Segunda Sección 11 Viernes 27 de diciembre de 2019
a lo establecido por el artículo 2 de la Ley 12.297”. Autorizado según instrumento privado asamblea de fecha
02/12/2019
federico benitez - T°: 134 F°: 313 C.P.A.C.F.
e. 27/12/2019 N° 100089/19 v. 27/12/2019