N° 100195/19 Aviso del Boletín Oficial
MENSAJERIA URBANA S.A.
Texto del aviso
MENSAJERIA URBANA S.A.
MENSAJERÍA URBANA S.A. CUIT 30-71146867-2. Por Acta de Asamblea del 25/09/2019 se modificó objeto social,
reformando Art. 3 del Estatuto: a) Mensajería Urbana tal como lo define el Artículo Segundo de la Resolución de
la Comisión Nacional de Comunicaciones CNC 604/2011 como la admisión de uno o más envíos y las gestiones
que en el punto indique el cliente y su posterior entrega o realización en los domicilios que el mismo indica sin
tratamientos ni procesamientos en plazos que no excedan las veinticuatro horas dentro de un ámbito urbano;
sea a pie o utilizando para ello medios de transportes tales como rollers, monopatines, bicicletas, ciclomotores,
motocicletas, triciclos, cuatriciclos, utilitarios o cualquier otro tipo de vehículo existente o a crearse. b) Servicio
de mini fletes y fletes. c) Delivery de alimentos, bebidas, folletos, revistas, regalos empresariales o cualquier otro
bien susceptible de ser transportado. d) Desarrollo, comercialización y explotación de todo tipo de plataformas
de comercio electrónico incluidos los aplicativos para dispositivos móviles, así como la intermediación entre la
oferta y demanda de tales servicios. e) Llevar adelante gestiones de compras, ventas, pagos y cobranzas de
bienes o servicios, sean propios o por mandato de terceros a través de cualquier medio electrónico o físico. Para
el cumplimiento de las actividades enumeradas en su objeto, la sociedad puede realizar inversiones y aportes de
capital a personas humanas o jurídicas; celebrar contratos de colaboración; comprar, vender o permutar toda
clase de títulos y valores; tomar y otorgar créditos y realizar toda clase de operaciones financieras con exclusión
de aquellas reguladas por la Ley de Entidades Financieras y toda otra que requiera el concurso o ahorro público.
Toda actividad que en virtud de la materia se encuentre reservada a profesionales con título habilitante será
realizada por medio de estos. A los fines indicados, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir
derechos y contraer obligaciones que no sean prohibidos por este estatuto. Autorizado según instrumento privado
ASAMBLEA de fecha 25/09/2019
maria constanza robledo - T°: 90 F°: 100 C.P.A.C.F.
e. 27/12/2019 N° 100195/19 v. 27/12/2019