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N° 100339/19 Aviso del Boletín Oficial

PLANTA ABIERTA S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA lunes, 30 de diciembre de 2019

Texto del aviso

PLANTA ABIERTA S.R.L.

CUIT 30707784772 Por instrumento privado de fecha de fecha 27-3-2019 se modificó el artículo 3 y 5 del contrato

social que quedaron redactados de la siguiente manera: Articulo Tercero TERCERA: La sociedad tiene por objeto

dedicarse, por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, en la República Argentina o en otro país a las

siguientes actividades: producción, cocción, preparación elaboración, y/o expendio, distribución, exportación,

importación de alimentos y bebidas saludables y naturales, asi como de productos orgánicos de acuerdo a las

normas vigentes. En el desarrollo de la actividad prevista en el objeto social la Sociedad velará por la generación

de un impacto social positivo para la sociedad, las personas vinculadas a ésta y el medioambiente. QUINTA:

La administración y representación de la sociedad está a cargo de uno o más gerentes, socios o no, en forma

individual e indistinta y por el término de la duración de la sociedad.- En tal carácter obligan a la sociedad por todos

los actos que no sean notoriamente extraños al objeto social. Podrán especialmente operar con toda clase de

bancos, compañías financieras o entidades crediticias, oficiales o privadas; solicitar préstamos a terceros, hacer

liberaciones de bienes afectados a garantías reales; dar o revocar poderes, especiales o generales, sin perjuicio

de lo previsto en el artículo 266 de la Ley General de Sociedades número 19.550, judiciales, de administración u

otros, con o sin facultad de sustituir; iniciar, proseguir, contestar o desistir denuncias o querellas penales; adquirir

o enajenar bienes muebles e inmuebles, y realizar todo acto jurídico que haga adquirir derechos o contraer

obligaciones a la sociedad. La presente enunciación no es limitativa ni taxativa. En el desempeño de su cargo,

los administradores deberán tener en cuenta en sus decisiones y actuaciones los efectos de dichas decisiones

o actuaciones con respecto a los intereses de (i) los socios, (ii) los empleados de la Sociedad y de sus filiales; (iii)

los clientes, proveedores y otras partes directa o indirectamente vinculadas a la Sociedad, como por ejemplo, la

comunidad en donde, directa o indirectamente, opera la Sociedad. Asimismo deberán velar por la protección del

medio ambiente local y global y por los intereses de la Sociedad en el corto y largo plazo. El cumplimiento de la

obligación antedicha por parte de los administradores solo podrá ser exigible por los socios y la sociedad.

Autorizado según instrumento privado CESION DE CUOTAS de fecha 27/03/2019

Alejandro Mauricio Belieres - T°: 35 F°: 648 C.P.A.C.F.

e. 30/12/2019 N° 100339/19 v. 30/12/2019