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N° 100303/19 Aviso del Boletín Oficial

SOLUCIONES E-LEARNING S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS lunes, 30 de diciembre de 2019

Texto del aviso

SOLUCIONES E-LEARNING S.A.

CUIT 30715998579. Por escritura 151 del 13/12/2019 folio 550 del Registro Notarial 142 CABA quedo protocolizada

el Acta de Asamblea Extraordinaria del 12/12/2019 por la cual se acepta la renuncia presentada por Paola Graciela

BARRAZA como directora suplente, quedando el nuevo Directorio constituido: Directora Titular y Presidente:

Florencia LISTA LEGUIZA; Director Titular: Juan Cruz MEZA y Director Suplente: José DESPALANQUES, quienes

constituyen domicilio especial en la sede social y por la cual se resolvió la reforma del Artículo Tercero del Estatuto:

“ARTICULO TERCERO: La sociedad tiene por objeto realizar por sí o por terceros, o asociada a terceros las

siguientes actividades: 1) La edición, redacción, impresión, publicación, distribución, importación, exportación,

venta y explotación publicitaria de periódicos, revistas y demás impresos unitarios. 2) La edición, impresión,

redacción, publicación, importación, exportación y distribución de libros, folletos y cualquier tipo de material

informativo y audiovisual. 3) La producción y suministro de información por medios telemáticos, informáticos

o cual-quier otro soporte multimedia. 4) La comercialización de derechos de autor como cedente o cesionario

de libros, folletos y cualquier tipo de material informativo y audiovisual. 5) La capacitación vinculada con las

actividades sociales mencionadas en los puntos precedentes del presente artículo. A tal fin la sociedad tiene plena

capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos

por las leyes o por este Estatuto” y el Cambio de Sede a la Avenida Leandro N. Alem 668 Piso 3º Oficina “B” CABA.

Autorizado según instrumento público Esc. Nº 151 de fecha 13/12/2019 Reg. Nº 142

JORGE PABLO KOUNDUKDJIAN - Matrícula: 4920 C.E.C.B.A.

e. 30/12/2019 N° 100303/19 v. 30/12/2019