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N° 792/20 Aviso del Boletín Oficial

TRANSPORTADORA DE CAUDALES JUNCADELLA S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS miércoles, 8 de enero de 2020

Texto del aviso

TRANSPORTADORA DE CAUDALES JUNCADELLA S.A.

30-54696987-4 Comunica que por Asamblea General Extraordinaria Unanime de fecha 31/05/19 se ha resuelto

la reforma del Articulo Tercero del estatuto social, quedando redactado: Tiene por objeto realizar por cuenta

propia o de terceros, o asociada a terceros, en el país o en el extranjero por medio de agencias, sucursales

o representaciones las siguientes actividades: a) Transporte de valores. Custodia. Recuento. Corresponsalía

Bancaria. El transporte nacional e internacional de dinero tanto billetes y monedas de curso legal, como billetes

y monedas extranjeros, metales preciosos en barra o amonedados, documentos comerciales, títulos de créditos

y otros valores en objetos convertibles en dinero; a través de personas físicas que porten o no valores, pudiendo

hacerlo en vehículos de su propiedad o bien sub-contratando con terceros, o bien, mediante el empleo del medio de

transporte que se considere conveniente; el manipuleo, guarda y custodia de los citados valores, en instalaciones

de seguridad adecuadas, propias o subcontratadas con terceros, y/o en cajas fuertes de seguridad, propias o

contratadas con terceros; el recuento de numerario; clasificación, el ensobramiento y pago de haberes y jornales

de terceros y cuantos actos tengan relación con todas esas operaciones, ya que la precedente enumeración no

es limitativa. b) Comercial: comercialización, alquiler y/o leasing de equipos, insumos y accesorios de sistemas

de comunicación, de seguridad electrónica, de computación, de máquinas de oficina para todo tipo de usuarios,

máquinas para supermercados y comercios en general, máquinas de automatización de efectivo, maquinas

recontadoras; clasificadoras y/o validadoras de billetes, cajeros automáticos bancarios y no bancarios y servicios

relacionados con su administración y transferencia de fondos, su instalación, mantenimiento y soporte técnico,

pudiendo hacerlo con personal propio o subcontratar con terceros tales prestaciónes; c) Servicios: servicios de

seguridad, control y vigilancia in situ o a distancia, de bienes muebles e inmuebles, tanto urbanos, suburbanos,

o rurales. d) Industrial: fabricación por cuenta propia o de terceros, de productos relacionados con su objeto

comercial y de servicios, así como la prestación de servicio técnico. e) Desarrollo y comercialización de hardware,

software, prestación de servicios profesionales, consultoría y soporte técnico. f) Importación y exportación: realizar

la importación y exportación, por cuenta propia o de terceros, de productos que hacen a su objeto comercial,

de servicio, industrial o de desarrollo. g) Representación: representación de empresas nacionales y extranjeras

dedicadas a actividades relacionadas con su objeto comercial y/o de servicios. g) El aporte de capitales, propios

o tomados en préstamo y ya sea en forma permanente o temporaria, a sociedades constituidas o a constituirse,

y la compraventa y suscripción de acciones de cualquier tipo, debentures, bonos, obligaciones negociables o

cualquier otro documento representativo de participación societaria o de obligaciones emitidas por sociedades

locales o extranjeras. Se excluyen del objeto las actividades reservadas por la Ley de Entidades Financieras y h)

Adquisición, explotación, arriendo, permuta y/o venta de toda clase de inmuebles. Administración de inmuebles,

urbanos o rurales, propios o de terceros, así como también de obras y trabajos. Asimismo la Sociedad podrá

garantizar, por medio de garantías reales o personales, obligaciones de terceros, para lo cual se requerirá una

resolución expresa del Directorio en tal sentido. Para el cumplimiento de su objeto social, la Sociedad tiene plena

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.280 - Segunda Sección 10 Miércoles 8 de enero de 2020

capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos

por las leyes o este Estatuto. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 86 de fecha 18/12/2019 Reg. Nº 1718

Mariana Paz Depetris - T°: 98 F°: 799 C.P.A.C.F.

e. 08/01/2020 N° 792/20 v. 08/01/2020