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N° 1357/20 Aviso del Boletín Oficial

PEDRULIA S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS lunes, 13 de enero de 2020

Texto del aviso

PEDRULIA S.A.

CUIT: 30-71030851-5. Por Asamblea Extraordinaria Unánime del 13/11/2019 se resolvió: 1) Aumentar el capital

social de $ 20.000 a $ 1.000.000 reformando el artículo cuarto del Estatuto Social. 2) Reformar el artículo tercero:

OBJETO: a) FINANCIERA: mediante el aporte de dinero o en especie para integrar capitales en sociedades

existentes o a constituirse; financiaciones en general, préstamos a interés con fondos propios, con o sin garantía

real; otorgamiento de avales y/o fianzas y/o cualquier género de garantías reales o personales para asegurar

el cumplimiento de obligaciones de terceros, a título oneroso o gratuito; compraventa de papeles de crédito,

acciones, títulos, bonos, cuotas partes de fondos de inversión y demás valores mobiliarios, desempeñarse en

actividades de fideicomiso regladas por el Código Civil y Comercial de la Nación y/o las demás normas que lo

integran y complementan, actuando como fiduciante o fiduciario; constitución, transferencia y cesión total o parcial

de hipotecas, prendas y cualquier otro derecho real; formar, administrar y regentear carteras de crédito, derechos,

acciones, títulos valores en general. La sociedad no podrá realizar las operaciones comprendidas en la Ley de

Entidades Financieras ni ninguna otra por la que se requiere el concurso público o ahorro público. b) MANDATOS

Y SERVICIOS: mediante el ejercicio de representaciones, mandatos, comisiones, intermediaciones, gestiones

de negocios y administración de bienes de terceros relacionados con el objeto principal de la sociedad. Las

actividades que así lo requieran, serán llevadas a cabo por profesionales con título habilitante. c) CONSTRUCTORA:

Estudio, proyecto, construcción, venta y comercialización de toda clase de edificios y construcciones sometidos

o no al el régimen de propiedad horizontal, refacción y compraventa de todo tipo de inmuebles y cualquier tipo de

construcción, ejecución y construcción de toda clase a obras públicas o privadas, sean a través de contrataciones

directas o de licitaciones, para la construcción de puentes, caminos o cualquier y realizar cualquier trabajo de

la rama de la ingeniería o arquitectura. Intervenir en obras de construcción que demande el estado municipal,

provincial y nacional de cualquier jurisdicción. d) INMOBILIARIA: Compra, venta, permuta, alquiler, arrendamiento,

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.283 - Segunda Sección 9 Lunes 13 de enero de 2020

derechos de superficie y de usufructo, fideicomiso, de toda clase de inmuebles, sean urbanos o rurales y para

cualquier destino, inclusive las comprendidas bajo el régimen de propiedad horizontal, así como también toda

clase de operaciones inmobiliarias, incluyendo el fraccionamiento y posterior loteo de parcelas destinadas a

vivienda o no, urbanización, clubes de campo, realizar desarrollos inmobiliarios, pudiendo tomar para la venta

o comercialización operaciones inmobiliarias de terceros y ejercer la consultoría e intermediación en materia

de servicios inmobiliarios. Podrá, inclusive, realizar todas las operaciones sobre inmuebles que autoricen las

leyes y las comprendidas por las disposiciones de la ley de propiedad horizontal. También podrá dedicarse a la

administración de propiedades inmuebles, propias o de terceros. Promover, organizar, coordinar, administrar y

realizar proyectos inmobiliarios, otorgando o recibiendo para ello franquicias o concesiones inmobiliarias y a la

explotación y/o administración de campos propios, arrendados, o de terceros, establecimientos rurales, agrícolas,

avícolas, ganaderas y forestales; contratos de compraventa de hacienda y demás productos agrícola-ganaderos.

Compraventa, importación o exportación de productos y mercaderías agrícola-ganaderos como así también el

desempeño o ejercicio de representaciones, comisiones, consignaciones y mandatos referidos a la actividad

agrícola-ganadera. Las actividades que así lo requieran serán llevadas a cabo por profesionales con título

habilitante. e) SERVICIOS INFORMATICOS. Mediante el ejercicio de representaciones, mandatos, comisiones,

intermediaciones, auditorias, gestiones de negocios y administración de bienes de terceros, diseño de proyectos,

desarrollo y comercialización de equipos y software, asi como controles de proceso y sistemas de trasmisión y

comunicación en general.” Autorizado según instrumento privado Acta de Asamblea de fecha 13/11/2019

María Silvia Ramos - T°: 13 F°: 274 C.P.A.C.F.

e. 13/01/2020 N° 1357/20 v. 13/01/2020