N° 1409/20 Aviso del Boletín Oficial
TYTMODA S.R.L.
Texto del aviso
TYTMODA S.R.L.
Instrumento Privado 9/1/20 Socios Vanesa Celina CONDORI de la CRUZ, argentina, nacida 24-7-93, 26 años
dni 37.667.936, cuit 27376679360, Lucrecia Lenniz de la Cruz Amarro, Boliviana, nacida 15-3-1961, de 57 años
D.N.I.Nº 92.936.014, CUIT 27-92936014-7, ambas domicilio Bogota 2658, Flores Caba, casadas; comerciantes.
Denominación TYTMODA SRL Domicilio: CABA. Plazo: 99 Años. Objeto: La Sociedad tiene por objeto dedicarse
por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, en el país o en el extranjero y/o incluso mediante ventas
en Internet, a las siguientes actividades: Compra, venta, importación, exportación, representación, fabricación,
confección, distribución y cualquier otra forma de comercialización de todo tipo de artículos de indumentaria,
sus accesorios y demás productos, actividades y servicios inherentes al ramo, permitidos por las disposiciones
legales en vigencia. La especificación que precede es enunciativa y no limitativa, pudiendo celebrar por medio
de sus representantes legales, todos los actos que consideren necesarios y convenientes para su desarrollo. La
Sociedad podrá ser representante o mandataria de terceros, domiciliados o no en el país, respecto todo tipo de
actividades relacionadas con bienes y/o servicios que resulten conexos al objeto social. A tal fin, la Sociedad
tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean
prohibidos por las leyes o por este contrato. Capital: $ 50.000 dividido en 500 cuotas de $ 100 valor nominal cada
una. Administración y Representación: Gerencia, entre 1 y 5 titulares, indistinta, socios o nó, igual o menor número
de suplentes. 3 ejercicios. Gerencia titular. Vanesa Celina CONDORI de la CRUZ Domicilio especial y Sede Social
Avenida Nazca Nº 376 Local Nº 2, Flores CABA. Cierre de Ejercicio: 31-12 Autorizado según instrumento privado
Contrato de srl de fecha 09/01/2020
María Cristina Lopez Seoane - T°: 58 F°: 178 C.P.A.C.F.
e. 13/01/2020 N° 1409/20 v. 13/01/2020