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N° 74854/19 Aviso del Boletín Oficial

OMNIA SMART GROUP S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS martes, 14 de enero de 2020

Texto del aviso

OMNIA SMART GROUP S.A.

Se rectifica edicto del 2/10/19 N° 74854/19 a los efectos de contestar una observación de la IGJ modificándose por

escritura complementaria del 7.1.20 el artículo 3 del objeto social: La Sociedad tiene por objeto realizar por cuenta

propia, de terceros o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, las siguientes actividades: 1) Compra, venta,

importación, exportación, representación, distribución, comercialización, instalación, mandato y/o consignación de

productos eléctricos, electrónicos, mecánicos, electromecánicos, bienes de consumo y sistemas electrónicos de

cualquier naturaleza, especialmente aquellos destinados a sistemas de seguridad (de personas, casas, industrias

y comercios) y logística. Monitoreo y realización de servicios de cualquier naturaleza y asesoramiento integral para

el diseño, desarrollo e implementación de sistemas de seguridad y logística; 2) Servicios de seguridad privada, que

comprenden vigilancia, protección y custodia de personas, bienes y establecimientos ya sea en el ámbito de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires conforme la Ley N° 5688 y sus decretos reglamentarios o bien en la Provincia

de Buenos Aires conforme lo dispuesto por la Ley N° 12.297 y/o la normativa que la modifique o la sustituya o en

cualquier otra jurisdicción del país pudiendo asimismo prestar asimismo dichos servicios en espectáculos públicos,

locales bailables y otros eventos o reuniones análogas de conformidad con lo estipulado por el artículo 9 de la Ley

N° 1913 del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y sus decretos reglamentarios; 3) Realizar vigilancia

con medios electrónicos, ópticos y proveer asesoramiento integral de seguridad tanto a personas humanas como

a personas jurídicas públicas o privadas; 4) Transporte, traslado y custodia de valores y/o caudales y cualquier

otro tipo de servicios autorizados por las leyes vigentes. Las actividades que así lo requieran serán llevadas a cabo

por profesionales con título habilitante; 5) Otorgamiento de préstamos con o sin garantía de corto o largo plazo,

aporte e inversiones de capitales a personas, empresas o sociedades constituidas o a constituirse, compraventa y

mandatos sobre títulos, debentures y toda clase de valores mobiliarios, papeles de crédito, nacionales y extranjeros,

la constitución de hipotecas y otros derechos reales y la concertación de toda clase de operaciones financieras

que autoricen las leyes que estén relacionadas con el presente objeto, con exclusión de las operaciones previstas

en la Ley N° 18.061 y otras por las que se requiera concurso público. Autorizado según instrumento público Esc.

Nº 150 de fecha 16/09/2019 Reg. Nº 1066

Martín Hourcade Bellocq - T°: 88 F°: 480 C.P.A.C.F.

e. 14/01/2020 N° 1636/20 v. 14/01/2020