N° 2763/20 Aviso del Boletín Oficial
INSURANCE CONSULTANTS INSCO S.A.
Texto del aviso
INSURANCE CONSULTANTS INSCO S.A.
30-69617744-5. Se hace saber por un día, en los términos del artículo 10, inc. b), de la Ley 19550 que la Asamblea
General Extraordinaria del 10/12/2019 aprobó la reforma de los artículos 1 y 3 del estatuto social conforme al
siguiente texto: “PRIMERO: La denominación de la sociedad es GRIP Inversiones S.A., es continuadora de
la que fuera constituida bajo la denominación social de “INSURANCE CONSULTANTS INSCO S.A.”. Tiene su
domicilio legal en la ciudad de Buenos Aires pudiendo establecer agencias, sucursales o cualquier otra clase de
representación, dentro o fuera del territorio de esta República.” “TERCERO: La sociedad tiene por objeto realizar
por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en el país o en el exterior, las siguientes actividades: a)
Inmobiliarias: la compraventa, permuta, locación de propiedades, inclusive las comprendidas bajo el Régimen de
Propiedad Horizontal, así como también toda clase de operaciones inmobiliarias, incluyendo el fraccionamiento
y posterior loteo de parcelas destinadas a vivienda, la urbanización de clubes de campo y parques industriales,
la administración de propiedades, leasing, permuta, explotación, construcción, refacción, remodelación,
urbanización, subdivisión, y de cualquier modo la comercialización de bienes inmuebles de cualquier naturaleza,
rurales o urbanos, inclusive bajo el régimen de propiedad horizontal, propiedad compartida, urbanizaciones
residenciales especiales y cualquier otro tipo o clase de construcción de obras públicas o privadas, sean estas
sobre inmuebles propios o ajenos; y el desarrollo, construcción y comercialización de edificios por el Régimen
de Propiedad Horizontal y en general todo tipo de inmuebles, como así también todo tipo de obras civiles; b)
Financieras y de inversión: aporte de capitales en sociedades constituidas o a constituirse en el país o en el
exterior, o en la concertación de operaciones o emprendimientos inmobiliarios, productivos, comerciales, rurales,
financieros o bursátiles. Otorgar contratos de leasing relativos a bienes registrables; la adquisición, enajenación
o transferencia de títulos, acciones, debentures, facturas, remitos y valores mobiliarios en general, nacionales y
extranjeros, títulos, bonos, papeles de crédito, títulos valores de cualquier tipo o modalidad, creados o a crearse,
toma y otorgamiento de toda clase de créditos, con o sin garantía real, emisión de debentures, obligaciones
negociables, papeles de comercio y bonos, otorgamiento de avales y garantías. La realización de todo tipo de
actividades de inversión y financieras, con exclusión de todas aquellas operaciones reservadas exclusivamente
a las instituciones comprendidas en la Ley de Entidades Financieras o que requieran el concurso de ahorro
público; c) Comerciales: adquisición, locación, leasing de cajeros automáticos, explotación comercial de cajeros
automáticos, contratación de servicios de procesamiento y acceso a la red de pagos y plataforma transaccional
de cajeros automáticos, contratación de servicios de instalación, mantenimiento y servicio técnico de cajeros
automáticos, locación y/o comodato de espacios para la instalación de cajeros automáticos, con exclusión de
todas aquellas operaciones reservadas exclusivamente a las instituciones comprendidas en la Ley de Entidades
Financieras; y en general, la comercialización, importación, exportación, compraventa, consignación, alquiler,
distribución de bienes muebles y mercaderías; d) Mandatarias: Ejercer mandatos, comisiones y representaciones
con relación a las actividades mencionadas en los puntos anteriores. La sociedad tiene plena capacidad jurídica
para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que directa o indirectamente se relacionen con
el objeto social y que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.” Autorizado según instrumento privado
asamblea general extraordinaria de fecha 10/12/2019
Damian Rodriguez Peluffo - T°: 50 F°: 356 C.P.A.C.F.
e. 21/01/2020 N° 2763/20 v. 21/01/2020