N° 6528/0 Aviso del Boletín Oficial
MERCADO AGROGANADERO S.A.
Texto del aviso
MERCADO AGROGANADERO S.A.
30-71623123-9.Mercado Agroganadero S.A. (“MAGSA”) y Mercado de Liniers S.A. (“MLSA”) en su carácter de
cedentes (en adelante, los “Cedentes”) bajo la cesión en garantía (la “Cesión en Garantía”) instrumentada mediante
la oferta de los Cedentes de fecha 11 de diciembre de 2019 y la aceptación de fecha 30 de diciembre de 2019
de Banco de la Ciudad de Buenos Aires, en su carácter de Agente de la Garantía (en adelante, el “Agente de la
Garantía”) actuando en beneficio propio en su rol como banco prestamista y agente administrativo, y en beneficio
de Banco de la Provincia de Buenos Aires, como banco prestamista, y la oferta de adenda a la Cesión en Garantía
de los Cedentes de fecha 22 de enero de 2020 y la aceptación del Agente de la Garantía y de Banco de la Provincia
de Buenos Aires de fecha 22 de enero de 2020, hacen saber y notifican que con motivo de la Cesión en Garantía,
los Cedentes cedieron a favor del Agente de la Garantía, en forma irrevocable, con fines de garantía y en beneficio
propio y de Banco de la Provincia de Buenos Aires, como beneficiario, todos y cada uno de los derechos presentes
y/o futuros a cobrar y percibir todas las sumas de dinero (expresadas en Pesos, UVAs, Dólares Estadounidenses
o cualquier otra moneda), importes o pagos en especie (incluyendo sin limitación, cualesquiera títulos, acciones
u otros activos), por cualquier concepto (capital, intereses o cualquier otro concepto) debidos a los Cedentes,
devengados o a devengarse como consecuencia de la facturación realizada en el marco del negocio consistente en
la explotación del mercado concentrador de hacienda (la “Explotación Comercial”) de los Cedentes (los “Derechos
Cedidos”). Por la presente se instruye a los pagadores de los Derechos Cedidos (los “Pagadores”) a que realicen
todos los pagos que corresponda realizar en virtud de los Derechos Cedidos en (i) la cuenta abierta a nombre de
MAGSA en Pesos N° 1383-8 en la Sucursal 111 del Agente de la Garantía; (ii) la cuenta abierta a nombre de MLSA
en Pesos N° 6528/0 en la Sucursal 68 del BCBA; y/o (iii) cualquier otra cuenta que pudiese informar el Agente de
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.295 - Segunda Sección 40 Martes 28 de enero de 2020
la Garantía a los Deudores Cedidos durante la vigencia de ésta Cesión en Garantía, según corresponda; y/o (iv) en
las cuentas que el Agente de la Garantía les indique en forma fehaciente en cada oportunidad ante la ocurrencia de
un Supuesto de Incumplimiento (conforme dicho término se define en la Cesión en Garantía). La cesión con fines
de garantía instrumentada bajo el Préstamo que por la presente se notifica en los términos de los Artículos 1615 y
siguientes del Código Civil y Comercial de la Nación, subsistirá hasta tanto el Agente de la Garantía comunique a
los Pagadores en forma fehaciente que la misma ha quedado sin efecto por éste o cualquier otro medio.”
Designado según instrumento Privado Acta de Asamblea de fecha 30/04/2019 andres juan mendizabal - Presidente
e. 28/01/2020 N° 3619/20 v. 28/01/2020