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N° 6272/20 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 20 SECRETARÍA NRO. 39

Edictos Judiciales REMATES JUDICIALES miércoles, 12 de febrero de 2020

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 20 SECRETARÍA NRO. 39

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº20 a cargo del Dr. Eduardo Emilio Malde, Secretaría

Nº39 a cargo de la Dra. Ana Valeria Amaya, sito en Marcelo T. de Alvear 1840 Piso 4º de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, comunica por 1 días en autos: “ALBA MONICA CRISTINAc/REQUINO OMAR ANGEL Y OTROS s/

EJECUTIVO” Expte. 28207/98, que el martillero Alejandro Gil subastará el día 26/02/2020 a las 10hs. en punto

en la Oficina de Subastas Judiciales sita en Jean Jaures 545 de Capital Federal, el 50% indiviso del inmueble

sito en la calle Cosquin Nº 3002 esquina calle Haití del Barrio Villa Reichembach, de la localidad de Ituzaingó

Provincia de Buenos Aires, Nomenclatura Catastral: Circunscripción V, Sección J, Manzana 112, Parcela I, Partida

170097, Matricula 21.967. Según Mandamiento de Constatación, se trata de una casa sin terminar compuesta por

2 dormitorios, cocina, comedor y baño; con espacio libre al frente y patio al fondo, con una habitación en altos

en la parte posterior de la vivienda, todo en regular estado. Dicho Barrio tiene la mayoría de las calles de tierra

o mejorado. El inmueble se encuentra ocupado por el Sr. Omar Requino con sus hijos todos mayores de edad,

la Sra. María Luz Debolí y sus 2 hijos menores. Venta al contado, en dinero en efectivo y al mejor postor. BASE:

$ 130.000, Seña 30%, Comisión: 3%, Arancel 0,25% a cargo del comprador. DEUDAS: ABL.: sin deuda al 09/5/16

(fs. 216); ARBA: $ 1.295 al 13/5/16 (fs. 236). Se deja constancia que el comprador deberá constituir domicilio en

el radio del Tribunal, bajo apercibimiento de que las sucesivas notificaciones se le darán por cumplidas en la

oportunidad prevista en el art. 133 del Código Procesal. El saldo de precio deberá ser depositado dentro del quinto

día de aprobado el remate sin necesidad de intimación alguna, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 580

del Código Procesal, en el Banco Ciudad, Sucursal Tribunales a nombre de autos y a disposición del Tribunal.

Dispónese como condición del remate que queda prohibida la compra en comisión del bien puesto a subasta

como así también la ulterior cesión del boleto de compraventa que se extienda. Publíquense edictos por 1 día en el

Boletín Oficial. Exhibición el día 21/02/20 de 9 a 11hs. Informes del Martillero al e-mail: natale@live.com.ar. Buenos

Aires, 10 de Febrero de 2020.-

EDUARDO E. MALDE Juez - ANA V. AMAYA SECRETARIA

e. 12/02/2020 N° 6272/20 v. 12/02/2020