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N° 7878/20 Aviso del Boletín Oficial

GERENCIAMIENTOS DEPORTIVOS S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS lunes, 17 de febrero de 2020

Texto del aviso

GERENCIAMIENTOS DEPORTIVOS S.A.

CUIT 30-71054576-2. Por transcripción de Asamblea del 30/01/2020 en Escritura 56 del 14/02/2020, folio 136,

Registro 1602, se modifica el estatuto social en artículos tercero y octavo. Nueva redacción: “ARTÍCULO TERCERO.

OBJETO: La Sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros a las

actividades a nivel nacional o internacional relacionadas con la actividad deportiva: Construcción, remodelación,

comercialización y explotación de complejos deportivos, culturales, sociales y afines, comercialización en todas

sus etapas de productos nacionales y extranjeros relacionados con la actividad, explotación de servicios médicos,

gastronómicos, cobranzas, asesoramientos ya sean en actividades físicas, deportivas, culturales; instalación de

gimnasios, canchas, piletas y todo aquello que guarde relación con la actividad física, cultural y/o social. A tal

fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y realizar todos los

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.309 - Segunda Sección 8 Lunes 17 de febrero de 2020

actos jurídicos que no estén prohibidos por las leyes y este estatuto. Las actividades que así lo requieran serán

desempeñadas por personas con título habilitante o idóneas en la especialidad que se trate. En el desarrollo de

las actividades previstas, la Sociedad velará por la generación de un impacto social positivo para la sociedad,

las personas vinculadas a ésta y el medioambiente.” “ARTICULO OCTAVO: La Dirección y administración de la

Sociedad estará a cargo del directorio, integrado por uno a cinco titulares, pudiendo la asamblea elegir igual

o menor número de suplentes, los que se incorporaran al directorio en caso de vacancia, en el orden de su

designación. El término de elección es de TRES ejercicios. La asamblea fijara el número de directores, así como

su remuneración. El directorio sesionará con la mitad más uno de sus integrantes y resuelve por mayoría de los

presentes; en caso de empate el Presidente desempatara votando nuevamente. En su primera reunión designará

un presidente, pudiendo en caso de pluralidad de titulares, designar un vicepresidente que reemplazará al primero

en caso de ausencia o impedimento. Los directores titulares deberán depositar una garantía cuyo monto será

igual para todos los directores, no pudiendo ser inferior al sesenta por ciento (60%) del monto del capital social

en forma conjunta entre todos los titulares designados. El depósito de estos valores deberá ser efectuado en

entidades financieras o cajas de valores a la orden de la Sociedad. Esta garantía también podrá ser constituida

mediante fianzas o avales bancarios o seguros de caución o de responsabilidad civil a favor de la Sociedad. La

representación legal de la sociedad corresponde al Presidente del Directorio o Vicepresidente en su caso. En el

desempeño de su cargo, los administradores deberán tener en cuenta en sus decisiones y actuaciones los efectos

de dichas decisiones o actuaciones con respecto a los intereses de (i) los socios, (ii) los empleados de la Sociedad

y de sus filiales; (iii) los clientes, proveedores y otras partes directa o indirectamente vinculadas a la Sociedad,

como por ejemplo, la comunidad en donde, directa o indirectamente, opera la Sociedad. Asimismo deberán velar

por la protección del medio ambiente local y global y por los intereses de la Sociedad en el corto y largo plazo. El

cumplimiento de la obligación antedicha por parte de los administradores solo podrá ser exigible por los socios y

la Sociedad.” Autorizada en Escritura 56 del 14/02/2020, folio 136, Registro 1602.- Autorizado según instrumento

público Esc. Nº 56 de fecha 14/02/2020 Reg. Nº 1602

Paula María Rodriguez Foster - Matrícula: 3995 C.E.C.B.A.

e. 17/02/2020 N° 7878/20 v. 17/02/2020