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N° 9159/20 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 98 - SECRETARÍA ÚNICA

Edictos Judiciales REMATES JUDICIALES viernes, 21 de febrero de 2020

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 98 - SECRETARÍA ÚNICA

El Juzgado Civil N° 98, a cargo del Dr. Christian R. Pettis, Juez, Secretaría Única a cargo Dr. Germán A. Degano, sito

en Av. De los Inmigrantes 1950, P° 6°, C.A.B.A., comunica por 2 días en autos CONS. DE PROP. AV CORRIENTES

4352 c/ TURC MARÍA ESTELA s/ EJECUCIÓN DE EXPENSAS, Expte. 2745/2013, que la Martillera Victoria María

Tapia, CUIT: 27-12796010-6, Cel: 1150401719, subastará el día 3 de Marzo de 2020 a las 10:15 hs. en la Oficina

de Subastas Judiciales en Jean Jaures N° 545, ad corpus, al contado y al mejor postor, en el estado en que se

encuentra, el 100%. Exhibición: 27 y 28 de Febrero de 2020 de 10:00 a 12:00 hs., a) El inmueble sito en calle

Av. Corrientes 4352/56 Piso 1ro Dpto “2”, UF: 3, entre las calles Pringles y Rawson, de C.A.B.A., Nomenclatura

Catastral: Circ: 7, S: 17, M: 47, P: 6, Dominio: FR: 7-692/3 (fs. 368 a fs. 370) Partida 1033496, Superficie Cbta: 70,34

mts con uso exclusivo de balcones comunes. Es un departamento de 3 amb c/dep. de serv, al frente, compuesto

por hall, living - comedor, dos dormitorios, baño y cocina, estado bueno a regular, ocupado por María Fernanda

DÁPICE (DNI 16.022.999) familiar de la demandada. Base $ 3.815.000, Seña 30%, Arancel CSJN 0,25%, Impto.

de Sellos de Ley 1%, Comisión 3% MÁS IVA, que será solventado por el comprador. b) Deudas: ABL: $ 27.945,52

(fs. 332 a fs. 335) al 17/04 /2019, AA: $ 158.032,69 (fs. 328 a fs. 329) al 04/04/2019, AySA: $ 37.534,65 (fs. 338 a fs.

340) al 04/04/2019, OSN: No registra deuda (fs. 365 a fs. 366) al 19/09/2019; Expensas: $ 380.495,00 (fs. 396) al

12/02/2020, c) En atención a lo dispuesto por el art 1939 del CC y C, ampliase el decreto de fs. 226 en el sentido

que el adquirente en subasta deberá hacerse cargo de las deudas que registre el inmueble por impuestos, tasas y

contribuciones devengadas antes, y no solo las posteriores de la toma de posesión, cuando el monto obtenido en

la subasta no alcanza para solventarlos. Igual solución se impone, tal como allí se estableció, respecto de la deuda

de expensas (art. 2049 del CC y C), como así también todos los gastos de escrituración (fs. 301). El comprador/

es deberá: 1) Constituir domicilio electrónico bajo apercibimiento de que las sucesivas providencias se le tendrán

por notificadas en la forma y oportunidad previstas por el art. 133 del CP, 2) Depositará el saldo de precio dentro

del plazo de cinco días de aprobada la subasta, sin necesidad de previa intimación. Buenos Aires, 20 de febrero

de 2020. - Dr. Germán A. Degano.

GERMAN AUGUSTO DEGANO SECRETARIO

e. 21/02/2020 N° 9159/20 v. 26/02/2020