N° 9054/20 Aviso del Boletín Oficial
SUSTENTATOR S.A.
Texto del aviso
SUSTENTATOR S.A.
SUSTENTATOR S.A. (CUIT: 33-71117282-9) informa que, por Asamblea General Extraordinaria del 28/11/2019, se
resolvió por unanimidad modificar el artículo 3 del Estatuto Social, el que quedó redactado de la siguiente mantera:
“La Sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia y/o asociada a terceros, ya sea mediante contratación
directa o por medio de licitaciones públicas o privadas, en participación y/o en comisión y/o de cualquier otra
manera, en cualquier parte de la República Argentina o del extranjero, a las siguientes actividades: a) Actividades
comerciales: compra, venta importación, exportación, representación, consignación y distribución de productos
relacionados a la ecología, el medioambiente y las energías alternativas renovables, como así su promoción y
publicidad; b) Financiación para la compra de los productos mencionados, ya sea mediante préstamos, leasings,
facilidad de créditos u otras fuentes de financiación; c) Prestar servicios de consultorías y privados en materia de
ecología; d) Construcción, realización, reparación y mantenimiento de todo tipo de obras civiles e industriales,
públicas o privadas, sean viales, hidráulicas, energéticas, de desagüe, edificios, y todo tipo de obras de ingeniería
y arquitectura, inclusive montajes industriales, como así también instalaciones sanitarias, eléctricas y de gas; e)
Participar en otras sociedades, empresas y agrupaciones temporales, uniones transitorias de empresas, nacionales
o extranjeras, que realicen actividades semejantes a las de la Sociedad, mediante la suscripción, adquisición,
negociación y tenencia de participaciones y acciones y cualquier otro título, ya sea de renta fija o variable; efectuar
por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, toda clase de operaciones de inversión, aportes de capital a
sociedades o empresas constituidas o a constituirse y/o personas que actúen en actividades semejantes a las de la
Sociedad. Quedan expresamente excluidas del objeto social las actividades comprendidas en la Ley de Entidades
Financieras y otras en la que se requiera el concurso público. Para el cumplimiento de sus fines, la Sociedad tiene
plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, celebrar contratos y ejercer los actos que,
directa o indirectamente, se relacionen con el objeto social y no estén prohibidos por las leyes y este estatuto. En
el desarrollo de la actividad prevista en el objeto social la Sociedad velará por la generación de un impacto social
positivo para la sociedad, las personas vinculadas a ésta y el medioambiente.” Asimismo, en dicha Asamblea, se
resolvió también modificar el artículo 9 del Estatuto Social sobre la representación de la sociedad y las facultades
y deberes del Directorio. Autorizado según instrumento privado Acta de Asamblea de fecha 28/11/2019
Martin Gualino - T°: 130 F°: 837 C.P.A.C.F.
e. 21/02/2020 N° 9054/20 v. 21/02/2020