N° 9159/20 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 98 - SECRETARÍA ÚNICA
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 98 - SECRETARÍA ÚNICA
El Juzgado Civil N° 98, a cargo del Dr. Christian R. Pettis, Juez, Secretaría Única a cargo Dr. Germán A. Degano, sito
en Av. De los Inmigrantes 1950, P° 6°, C.A.B.A., comunica por 2 días en autos CONS. DE PROP. AV CORRIENTES
4352 c/ TURC MARÍA ESTELA s/ EJECUCIÓN DE EXPENSAS, Expte. 2745/2013, que la Martillera Victoria María
Tapia, CUIT: 27-12796010-6, Cel: 1150401719, subastará el día 3 de Marzo de 2020 a las 10:15 hs. en la Oficina
de Subastas Judiciales en Jean Jaures N° 545, ad corpus, al contado y al mejor postor, en el estado en que se
encuentra, el 100%. Exhibición: 27 y 28 de Febrero de 2020 de 10:00 a 12:00 hs., a) El inmueble sito en calle
Av. Corrientes 4352/56 Piso 1ro Dpto “2”, UF: 3, entre las calles Pringles y Rawson, de C.A.B.A., Nomenclatura
Catastral: Circ: 7, S: 17, M: 47, P: 6, Dominio: FR: 7-692/3 (fs. 368 a fs. 370) Partida 1033496, Superficie Cbta: 70,34
mts con uso exclusivo de balcones comunes. Es un departamento de 3 amb c/dep. de serv, al frente, compuesto
por hall, living - comedor, dos dormitorios, baño y cocina, estado bueno a regular, ocupado por María Fernanda
DÁPICE (DNI 16.022.999) familiar de la demandada. Base $ 3.815.000, Seña 30%, Arancel CSJN 0,25%, Impto.
de Sellos de Ley 1%, Comisión 3% MÁS IVA, que será solventado por el comprador. b) Deudas: ABL: $ 27.945,52
(fs. 332 a fs. 335) al 17/04 /2019, AA: $ 158.032,69 (fs. 328 a fs. 329) al 04/04/2019, AySA: $ 37.534,65 (fs. 338 a fs.
340) al 04/04/2019, OSN: No registra deuda (fs. 365 a fs. 366) al 19/09/2019; Expensas: $ 380.495,00 (fs. 396) al
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.315 - Segunda Sección 80 Miércoles 26 de febrero de 2020
12/02/2020, c) En atención a lo dispuesto por el art 1939 del CC y C, ampliase el decreto de fs. 226 en el sentido
que el adquirente en subasta deberá hacerse cargo de las deudas que registre el inmueble por impuestos, tasas y
contribuciones devengadas antes, y no solo las posteriores de la toma de posesión, cuando el monto obtenido en
la subasta no alcanza para solventarlos. Igual solución se impone, tal como allí se estableció, respecto de la deuda
de expensas (art. 2049 del CC y C), como así también todos los gastos de escrituración (fs. 301). El comprador/
es deberá: 1) Constituir domicilio electrónico bajo apercibimiento de que las sucesivas providencias se le tendrán
por notificadas en la forma y oportunidad previstas por el art. 133 del CP, 2) Depositará el saldo de precio dentro
del plazo de cinco días de aprobada la subasta, sin necesidad de previa intimación. Buenos Aires, 20 de febrero
de 2020. - Dr. Germán A. Degano.
GERMAN AUGUSTO DEGANO SECRETARIO
e. 21/02/2020 N° 9159/20 v. 26/02/2020